Sentencia nº 00281 de Tribunal de Familia, de 26 de Abril de 1995

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución26 de Abril de 1995
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-000281-0012-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDivorcio por mutuo consentimiento

No. 281-95

TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES: SAN JOSE,a las nueve horas delveintiséis de abril de mil novecientos noventa y cinco.

Proceso de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, promovido por E.Z.M.,mayor, casado en primeras nupcias, cédula número 1- 392- 029, Funcionario Bancario; y M.E.M.R., mayor, casada una vez, A.F., cédula número 1- 390- 1440, ambos vecinos de Escazú.

RESULTANDO:

  1. -

    El Licenciado D.B.S., en sentencia dictada a las ocho horas del veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, en la parte dispositiva, decretó disuelto el vínculo matrimonial que une entre sí a los señores E.Z.M. y M.E.M.R.. No existen menores hijos del matrimonio.Los bienes gananciales son y se distribuirán de la siguiente forma: a) La señora M.R. será propietaria de un derecho a la mitad, equivalente al cincuenta por ciento de la propiedad registrada como finca bajo el Sistema de Folio Real, Partido de San José, Matrícula uno ciento setenta mil cuatrocientos quince - cero cero cero, con la situación, medidas y linderos que indica el Registro Público.b)Continuará perte-neciendo al señor Z.M. un derecho a la mitad sobre la propiedad inscrita bajo el Sistema de Folio Real, Partido de San José, Matrícula número ciento cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta y ocho- cero cero dos, con las medidas, naturaleza, situación y linderos que indica el Registro Público.c)Continuará perteneciendo al señor Z.M. la totalidad del derecho sobre dos en una proporción del cincuenta por ciento del lote inscrito bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula uno cero setenta y dos mil doscientos diecinueve- cero cero dos, con la naturaleza, medida y linderos que indica el Registro.d) El vehículo marca Nissan Sentra, placas número ciento ochenta y tres mil ciento cincuenta y nueve, quedará inscrito en un cien por ciento a nombre de la señora M. Roldán.e)El vehículo marca Nissan, placas CL- ciento veintitrés mil ochocientos setenta y tres quedará inscrito en un cien por ciento a nombre del señor Z.M.. En lo demás se aprueba el convenio de divorcio celebrado entre las partes mediante escritura pública número mil ochenta y seis, visible al folio ochenta y seis frente del tomo trece del Protocolo del Notario Público Lic. A.F.F.Firme esta sentencia se inscribirá en el Registro Civil, Sección de Matrimonios, Partido de San José, al tomo ciento setenta y uno, folio cero cincuenta, asiento cien.

  2. -

    De dicho fallo conoce este Tribunal en...

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