Sentencia nº 00326 de Tribunal de Familia, de 9 de Mayo de 1995

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 1995
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-000220-0012-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio y subsidiariamente de separación judicial

ABREVIADO DE DIVORCIO.

E.A.G..

CONTRA: P.V.M..

No.326-95

TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES. S.J., a las oncehoras treinta minutos del nueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Proceso abreviado de divorcio y separación judicial subsidiaria, expediente tramitado ante el Juzgado Mixto de Goicoechea, bajo el número 1171-94 de ELIZABETHARAYA GROSSI

CONTRAPORFIRIO VALVERDE MONTERO.Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo del año en curso, en cuanto ordena a la parte demandada hacer abandono del domicilio conyugal.

R.J.M.G.,y;

CONSIDERANDO:

I.Reclama el apelante que en la especie, el Juzgador de instancia esta prejuzgando sobre el fondo de este asunto al acceder, a la solicitud de la parte actora en el sentido de que se ordene la salida inmediata del demandado del domicilio conyugal, sin tener motivo alguno dejustificación.

II.El numeral 53 del Código de Familiafaculta al Juzgador para procedertomando una medida de tal naturaleza, medida que es de carácter provisional y necesaria, a finde evitar enfrentamiento entre los esposos; y que en modo alguno es una forma de prejuzgar el fondo del proceso.Porque para ello, se dará todo...

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