Sentencia nº 00136 de Tribunal de Familia, de 7 de Febrero de 2006

PonenteOscar Corrales Valverde
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia99-400408-0296-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSimulación y liquidación anticipada de bienes gananciales

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO:1859-05(99-400408-296-FA)

VOTON° 136-06

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSE, al ser las nueve horas cuarenta minutos del sietede febrero del dos mil seis.-

Ordinario de liquidación anticipada de bienes gananciales establecido por M.G.D., mayor, casada, ama de casa,vecina de San Ramón, cédulade residencia númerocuatrocientos setenta-nueve uno cero siete siete-ciento cincuenta y dos contra N.B.C., mayor, casado, arquitecto, vecino de San Ramón, cédula número ocho-cero cincuenta y dos-novecientos veinticuatro.Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto porla actora contra la resolución dictada por el Juzgado Civil y de Trabajo de San Ramón, al ser las ocho horas trece minutos del veinte de octubre del dos mil cinco.-

Redactael juez C.V., y;

CONSIDERANDO:

PRIMERO

El demandado N.B.C., mediante escrito fechado veintitrés de septiembre de dos mil cinco y que corre a folio 466,presentó liquidación de la partida de costas personales en la suma de un millón seiscientos veinte mil colones, calculados sobre el monto de diez millones de colones en el cual quedó fijada la cuantía del asunto principal. Las procesales las liquidó en una suma de setenta y nueve mil sesenta y un colones. Conferida la audiencia correspondiente, la actora se opuso a las personales por estimar el cálculo desproporcionado, inflado y no acorde con el proceso además de desmesurado, y las procesales por falta de recibos que amparen dichos gastos. El Juzgado de primera instancia resolvió la liquidación aprobando la partida de costas personales en la suma solicitada, pero rebajó las procesales acincuenta y tres milquinientos sesenta y un colones.

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