Sentencia nº 00204 de Tribunal de Familia, de 16 de Febrero de 2011

PonenteAna María Picado Brenes
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2011
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia10-000113-0292-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de distribución de bienes gananciales

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

( ) ACTORA: F.

Lugar o medio: FAX N°24-43-27-19

CORREO ELECTRÓNICO:hmvega@abogados.or.cr

Lic. H.V. CRUZ

( )DEMANDADOS:L.Y OTROS

Lugar o medio: […]

CORREO ELECTRÓNICO: […]

Lic. J.A.V.S.

EXPEDIENTE N°10-000113-292-FA INTERNO N°1683-10-3

ASUNTO: ORDINARIO DE LIQUIDACIÓNANTICIPADA DE BIENES

ACTOR (A): F.

DEMANDADOS(AS):L. Y OTROS

VOTO N° 204-11

TRIBUNALDE FAMILIA

San José, a las nueve horas con treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil once.

Proceso ORDINARIO DE LIQUIDACIÓN ANTICIPADA DE BIENES GANANCIALES establecido por F., […] contra L., […]; […] SOCIEDAD ANÓNIMA, […] SOCIEDAD ANÓNIMA.; […] SOCIEDAD ANÓNIMA y contra B., […]. En apelación formulada por L., conoce este Tribunal de la resolución de las catorce horas con dieciocho minutos del dos de noviembre del dos mil diez, por el Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.

Redacta la JUEZA PICADO BRENES:Y;

CONSIDERANDOS:

PRIMERO

El representante legal de los demandados apela la resolución de las catorce horas dieciocho minutos de Dos de noviembre del dos mil diez. Ni en el escrito de apelación ni con posterioridad expone sus motivos de disconformidad con lo resuelto. La resolución cuestionada resuelve tres excepciones, a saber: -Indebida Acumulación de Pretensiones, Litis Pendencia e Incompetencia por razón de la materia.

SEGUNDO

El párrafo final del artículo 559 del Código Procesal Civil dice: "Tratándose de autos, el escrito en el que se formule (el recurso de apelación) contendrá, necesariamente, los motivos en los que se fundamenta, sin lo cual será rechazado de plano."

Entonces, al tratarse...

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