Sentencia nº 00021 de Tribunal de Trabajo, Sección II, de 17 de Enero de 1997

PonenteReinaldo Vosman Roldan
Fecha de Resolución17 de Enero de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección II
Número de Referencia93-000339-0214-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de riesgo del trabajo

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

A las _________horas del ____________________ se hace saber:

N21.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO.- SECCION SEGUNDA.- SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, a las diez horas del diecisiete de enero de mil novecientos noventa y siete.-

Riesgo seguido ante el Juzgado Segundo de Trabajo por ALBAN TORRES CHACON, mayor, casado, peón agrícola, vecino de Guácimo, contra EL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, representado por el LICENCIADO G.M.R. y contra COMPAÑIA BANANERA DEL TORTUGUERO S.A., representado por el LICENCIADO R.M.G.. Figura como apoderado de la parte actora el LICENCIADO ALVARO MONTERO VEGA, todos mayores, casados, abogados, vecinos de San José.-

RESULTANDO

1

Manifiesta la parte actora que en base a los hechos expuestos en el escrito de demanda pide que los demandados paguen solidariamente las rentas vencidas y futuras por el daño sufrido y ambas costas del juicio.-

2

El instituto demandado contestó negativamente la acción y opuso las excepciones de prescripción, falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva y la genérica de sine actione agit y pide además que se declare sin lugar la demanda.-

3

La compañía demanda contestó negativamente la acción y opuso las excepciones de falta de calidad activa y pasiva, falta de derecho, prescripción y la genérica de sine actione agit, además pide que se declare sin lugar la demanda y que se condene al actor al pago de ambas costas.-

4

El Juzgado en sentencia de las quince horas quince minutos del catorce de agosto de mil novecientos noventa y seis, resolvió el asunto así: "Razones expuestas, artículos 193 y siguientes 265 del Código de Trabajo y su reforma, se declara sin lugar en todos sus extremos la demanda incoada por ALBAN TORRES CHACON, contra INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, representado por el LICENCIADO G.M.R. y COMPAÑIA BANADERA (sic) DEL TORTUGUERO SOCIEDAD ANONIMA, representada por el LICENCIADO R.M.G..- Se acogen las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación ( calidad ) activa y pasiva, sine actione agit y se rechaza la de prescripción opuestas por ambas partes.- Se resuelve sin especial condenatoria en costas.- Si esta sentencia no fuere apelada consúltese con el superior.- NOTIFIQUESE.-

5

Conoce este Tribunal de ese fallo en apelacióninterpuesta por la parte actora.-

Redacta el J.S.V.R..-

CONSIDERANDO

I.-

Que el Tribunal acoge en un todo la...

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