Sentencia nº 00032 de Tribunal de Notariado, de 12 de Noviembre de 1999

PonenteRafael Sánchez Sánchez
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 1999
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia98-000159-0005-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

Expediente 98-000159-005-NO(31)

De:María Lilliam Torres Loría

Contra:W.A.V.

VOTO# 32

SENTENCIADE SEGUNDA INSTANCIA

TRIBUNAL DE NOTARIADO , S.J., a las diez horas veinticinco minutos del doce de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Proceso disciplinario notarial establecido ante el Juzgado Notarial por la señora M.L.T.L. mayor, casada, de oficios domésticos, de Purral de G., cédula siete-cero setenta y uno-seiscientos noventa y uno contra el notario W.A.V. mayor, notario público, cédula seis-ciento diecinueve-ciento veinte.

RESULTANDO:

I . La señora M.L.T.L. queja ante la Sala Segunda de la Corte, el día venticinco de marzo de mil novecientos noventa y ocho contra el notario W.A.V., en atención a que contrajo matrimonio civil con el señor R.G.J. sin que, a la fecha de interposición de la denuncia, el citado profesional haya procedido a su inscripción. Por el contrarioel notario referido volvió a otorgar una escritura firmada únicamente por dicho profesional y los contrayentes, con el propósito de que, tanto ella como su esposo, le dieran trámite, lo cual le ha producido enormes inconvenientes.

II . El Licenciado W.A.V. al contestar el informe referido, manifiestaque ciertamente realizó la escritura de matrimonio citada, quela quejosa se comunicó con él a lo cual le expresó que debía casarlos nuevamente a ella y a don R., lo que aceptaron los contrayentes. Se otorgó una nueva escritura, firmada porla quejosa y su cónyuge y, despuéséstos fueron a traer a los testigos pero no regresaron, motivo por el cual le consignó a dicha escritura un "no corre". Que en ambas escrituras no le fueron cancelados sus honorarios.

III . El señor Juez de Primera Instancia declaró con lugar la denuncia por resolución de las ocho horas diez minutos del doce de julio de este año y resolvió lo siguiente:POR TANTO:Se declara con lugar elproceso disciplinario notarial establecido por la señora M.L.T.L. contra el notario W. A.V.. Se le impone al citado profesional la corrección disciplinaria de un año de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sin perjuicio de la obligación de inscribir el matrimonio de la quejosa. Dicha sanción rige ocho días naturales después de la publicación del edicto en el Boletín Judicial. Publíquese el edicto respectivo. C. a la Dirección Nacional de Notariado, el Archivo Notarial, el Registro Nacional y al Registro Civil."

IV . Contra lo así resuelto por dicho Juzgado, presentó recurso de apelación el citado notario, en virtud de lo cual conoce ahora este Tribunal.

V . En el proceso se han observado las prescripciones y plazos de ley. No se notan defectos u omisiones que puedan causar nulidad.

R. elJ.S.S., y;

CONSIDERANDO:

I . Se acogen los hechos que como probados enumera la sentencia de primera instancia por ser todos...

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