Sentencia nº 00034 de Tribunal de Notariado, de 19 de Noviembre de 1999

PonenteAna Cecilia Ching Vargas
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 1999
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia99-000101-0627-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

EXPEDIENTE99-000101-627-NO(26)

DEARCHIVO NACIONAL

CONTRALIC. CECILIA HERRERA ECHEVERRI

VOTON. 34

SENTENCIADE SEGUNDA INSTANCIA

TRIBUNAL DE NOTARIADO.-San J., a las quince horas del diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Proceso D.N. establecido ante el Juzgado Notarial por el Archivo Nacional contra la Licenciada C.H.E., mayor, casada, Abogada y Notaria, vecina de esta ciudad, cédula 1-269-197.

RESULTANDO:

I.-

El Archivo Notarial del Archivo Nacional, informó ante la autoridad de primera instancia que la Lic. C.H. se apersonó a ese despacho y consignó en la escritura número treinta y seis del tomo segundo de su protocolo, la siguiente nota zzal: "Nota: esta plana, línea veintinueve, léase correctamente "cero cero cuatro". Línea treinta, luego de quince, léase "cuya naturaleza es terreno para construir con una casa. Línea primera, página siguiente, luego de traspaso léase "por donación". S. J., diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho." Apunta la Jefatura del Archivo Notarial la aparente variación del tipo de contrato, pues en la matriz se indica que se "traspasa la nuda propiedad", que se paga un precio y que es a "satisfacción del vendedor".

II.-

La Licenciada C.H.E. al contestar el informe referido, reconoce que cometió un error material involuntario al indicar que el traspaso era por donación, y en razón de que el mismo no ocasionó perjuicio a ninguna persona, incluyendo a los interesados, quienes manifiestan que no tienen ningún reclamo que hacerle, solicita que se archive este proceso.

III.-

El señor juez de primera instancia, declaró con lugar la demanda, y resolvió lo siguiente:"POR TANTO: Se declara con lugar el presente proceso disciplinario notarial. Se le impone a la Licenciada C.H.E., la corrección disciplinaria de quince días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. C. a la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, el Registro Nacional y el Registro Civil. Publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Rige a partir de ocho días naturales contados a partir su publicación en el citado Boletín".

IV.-

Delo así resuelto apela la demandada.

V.-

En los procedimientos se han observado las prescripciones y plazos de ley. No se notan defectos que puedan causar nulidad.

R.J.C.V., y,

CONSIDERANDO:

I.-

Seaprueba la lista de hechos probados que contiene la sentencia apelada.

II.-

La autoridad de primera instancia declaró con lugar la...

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