Sentencia nº 00089 de Tribunal de Notariado, de 25 de Mayo de 2000

PonenteRafael Sánchez Sánchez
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2000
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia99-001020-0624-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

DE :DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA

CONTRA. LIC. E.R.P. VOTO # 89-2000

TRIBUNAL DE NOTARIADO: S.J., a las nueve horasdiez minutos del veinticinco de mayo del dos mil.

Proceso disciplinario notarial incoado por el Licenciado E.V.H., D. General de Migración y Extranjería contra el notario Eduardo Rodríguez Paniagua

Redacta el Juez Sánchez Sánchez; y,

CONSIDERANDO:

I. El presente caso está referido a la denuncia presentada ante la Dirección Nacional de Notariado por el Lic. E.V.H., D. General de Migración yExtranjería contra el notario E.R.P. en razón de que por documento original recibido en esa Dirección, en el Departamento de Migraciones, el pasado 4 de noviembre último, en trámite de permiso de salida de un menor de edad, consta la firma y sello blanco del referido notario sin que aparezca la firma del solicitante quien supuestamente es el señor G.A.G. dando fe, en consecuencia de un acto inexistente, con posibles perjuicios para quien tramite el permiso y el menor afectado. Solicita se estudie el caso y se determinen las responsabilidades que procedan. La Dirección Nacional de Notariado según resolución número 1026-99 de ocho horas veinteminutos del siete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve se declaró incompetente para conocer del presente asunto y lo remitió al Juzgado Notarial. A su vez este despacho mediante resolución de las ocho horras treinta y tres minutos del dos de marzo del presente año se declaró incompetente para conocer del presente caso y ordenó el testimonio de piezas para ser remitidas al Colegio de Abogados toda vez que consideró que la autenticación de la firma cuestionada fue hecha en ejercicio de la abogacía, no del notariado, al tratarse de la autenticación de un documento ante un órgano y para trámite administrativo.

II. Inconforme con la resolución vertida por dicho Juzgado, el licenciado V.H., en su referido carácter apela en virtud de lo cual conoce ahora este Tribunal.

III. Los documentos notariales son instrumentospúblicos y pueden estar incorporados al protocolo como las escrituras públicas, las actas de presencia, notoriedad y las protocolizaciones. Este tipo de documentos tiene fuerza probatoria como consecuencia de la autenticidad que le confiere el notario a este tipo de documentos. Otro tipo de documentos son los extraprotocolares, que detallan los artículos 111 y siguientes concordante con el 77 y siguientesdel Código Notarial como son las traducciones,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR