Sentencia nº 00678 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 17 de Diciembre de 2004

PonenteLuis Fernando Salazar Alvarado
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia04-002439-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Voto N° 678

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN PRIMERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las diez horas veinte minutos del diecisiete de diciembre de dos milcuatro.-

Examinados los autos, y;

R. elJ.S.A.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Conoce este tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Banco Nacional de Costa Rica, en contra del auto sentencia que ordenó el archivo de las presentes diligencias de calificación de huelga, dictado por el A quo, a las diez horas, diecinueve minutos, del treinta y uno de agosto de dos mil cuatro.

II.-

Ahora bien, en revisión de los procedimientos y de la formalidad de la sentencia, primera labor que debe efectuar el Superior, tal y como se lo ordena el numeral 502, del Código de Trabajo, este órgano jurisdiccional de segunda instancia encuentra graves vicios que conllevan a la nulidad absoluta del fallo recaído en este proceso, por las siguientes razones.

III.-

Tal y como lo acusa el recurrente, el juzgador de instancia omitió calificar la legalidad o ilegalidad del movimiento de huelga y, mas bien, ordenó el archivo de las presentes diligencias, por una falta de interés actual. Sin embargo, el despacho no realizó ninguna actuación tendiente a corroborar el abandono temporal del trabajo, primer presupuesto legal propio de un movimiento de esta naturaleza. Tampoco llevó a cabo el procedimiento recomendado por la Corte Plena ordenado en la Sesión 16-2000, de 10 de abril de 2000, A.X., básicamente en cuanto a la necesidad de cumplir con el debido proceso, procurando poner en conocimiento de las diversas organizaciones...

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