Sentencia nº 00999 de Tribunal Primero Civil, de 5 de Agosto de 1998

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 5 de Agosto de 1998
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia97-002719-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de daños y perjuicios

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del cinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho.

LIQUIDACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, establecido ante el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 97-002719-164-CI. Incoado por F.B.B., representado por su apoderado especial judicial licenciado J.R.M.O., contra BANCO DEL PACIFICO S.A..

Visto el conflicto de competencia, y;

CONSIDERANDO:

El artículo 35 del Código Procesal Civil señala que es improrrogable la competencia en los casos previstos en los artículos 27 y 30 y que en los demás casos, las partes pueden prorrogar la competencia, tácita o expresamente.En el presente asunto, la parte actora decidió plantear su demanda ante el JuzgadoCivil Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José conforme a lo dispuesto en el citado artículo 35, y no hay razón que justifique la declaratoria de incompetencia territorial de oficio...

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