A controlar vertidos líquidos

La contaminación de aguas es un tema de gran relevancia para nuestro país, en tiempos cuando los ríos se ven afectados, sobre todo por vertidos legales o ilegales provenientes de actividades domésticas, pero también de los procesos industriales y comerciales.Si bien es cierto que los vertidos de aguas residuales a los ríos o quebradas generan un impacto ambiental, se han establecido límites máximos a nivel legal y técnico para poder verter aguas residuales, sin que se hable de contaminación de las aguas.En ese sentido, la Ley Orgánica del Ambiente , No. 7554, establece en su artículo 64 lo siguiente: 'Para evitar la contaminación del agua, la autoridad competente regulará y controlará que el manejo y el aprovechamiento no alteren la calidad y la cantidad de este recurso, según los límites fijados en las normas correspondientes'.Con base en ello, el Estado promulga legislación con parámetros máximos permisibles, y que en este caso los encontramos en elReglamento de Vertido y Reúso de Aguas ResidualesDecreto 33601-S (existen parámetros en otros reglamentos para la calidad del aire, tales como emisiones de vehículos y calderas, entre otros).Dicha normativa establece parámetros universales de medición obligatoria, como por ejemplo potencial de hidrógeno, grasas y aceites, sustancias activas al azul de metileno, demanda bioquímica de oxígeno, demanda química de oxígeno, sólidos sedimentables, sólidos suspendidos totales y temperatura. Según la actividad, se deberán medir parámetros adicionales, como metales pesados, plaguicidas y coliformes fecales, entre otros.Cada uno de estos parámetros de calidad de las aguas residuales tiene un valor máximo permisible, según su vertido sea en un río o quebrada (cuerpo receptor de agua), un alcantarillado sanitario o de reúse. Estos parámetros no aplican en los casos de que las aguas sean dirigidas a un drenaje o tanque séptico. Las aguas residuales que no cumplen estos parámetros, deben estar tratadas en un sistema de tratamiento autorizado por el Ministerio de Salud.El reporte húmedoPara controlar el cumplimiento de estos parámetros, cada persona o empresa (ente generador) debe remitir al Ministerio de Salud un documento que se llama Reporte Operacional, con un análisis adjunto de las aguas residuales que genera su actividad...

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