Acta nº 07-1999 de Consejo Superior, 5 de Octubre de 1999

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 1999
EmisorConsejo Superior

N° 79-99

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.‑ S.J., a lasocho horas treinta minutos del cinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Sesión ordinaria con asistencia del Magistrado Mora, P.; L.. J.R.A. y F.C.T. y el B.H.V., y el Suplente Lic. A.L.M.A., en sustitución de laLicda. M.P.V., a quien se concedió permiso congoce de salario. Asiste también el Director Ejecutivo, Dr. L.E.V.J..

ARTÍCULO I

Seaprobaron las actas de la sesiones celebradas el 21 y el 23 de setiembre último, números 75 y 76-99.

ARTÍCULO II

Enla sesión del 28 de setiembre recién pasado, artículo XXXI, se aprobó el tercerproyecto de Decreto Ejecutivo de 1999 confeccionado por el Departamento dePersonal, el cual contiene reasignaciones y recalificaciones de puestos por unmonto de ¢288.000.00 financiados a través de la Coletilla N° 35 que se halla dispuesta y con contenido para tales efectos, y se dispusoremitirlo al señor Ministro de Hacienda con el ruego atento de que le diera el trámite respectivo.

Enla sesión celebrada el 23 del pasado mes, artículo XIX, se acogió la recomendacióndel Consejo de Personal de la sesión del 2 de setiembre último, artículo IV, y se dispuso:

"6.1Reasignar el puesto de Secretaria 1 ubicado en el Fondo de Jubilaciones y Pensiones a la clase Auxiliar de Contabilidad 2.

6.2 Reasignar el puesto de Asistente de Presupuesto de la Sección de Presupuesto a clase Asistente en Administración 2.

6.3 Eliminar la clase Asistente de Presupuesto del Manual Descriptivo de Clases.

6.4 Actualizar la clase Asistente en Administración 2 (ver anexo).

6.5Las anteriores modificaciones quedan de la siguiente manera.

NUMERO DE PUESTO PUESTO ACTUAL PUESTO RECOMENDADO
20114 Secretaria 1 Auxiliar de Contabilidad 2
43584 Asist. de Presupuesto Asistente en Administración 2

6.6Los ajustes recomendados en el numeral 6.5, presentan los siguientes costos.

Puesto Actual Salario (1) Puesto Recomendado Salario (1) Diferencia General Mensual (2)
Secretaria 1 ¢109.400 Auxiliar Cont. 2 ¢ 125.000 ¢15.600
Asist.Presup. 134.200 A.. A.. 2 151.400 17.200

(1) 01-07-1999

(2) Excluye cargas sociales

6.7La anteriores modificaciones salariales quedan sujetas a disponibilidad presupuestaria".

ElBach. Campos solicita que las reasignaciones de las plazas del DepartamentoFinanciero Contable, aprobadas en el acuerdo que se ha mencionado, cuya actaquedó firme en el artículo que antecede, se incluyan en el tercer proyecto deDecreto Ejecutivo aprobado en la sesión del 28 de setiembre último, ya que deno ser así, tendrían que incluirse en el primer Decreto del año 2000, con el consiguiente atraso en el salario de los servidores que ocupan esas plazas.

Seacordó: Acoger la solicitud del B.. Campos, y disponer que elDepartamento de Personal, adicione e incluya las citadas reasignaciones en el tercer proyecto de Decreto Ejecutivo indicado.

Se declara firme este acuerdo.

ARTÍCULO I.A. sensible fallecimiento de la señora J.M.S.F., madre delLic. C.S.F., Juez del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, se acuerda expresar las condolencias de la Corte y de este Consejo a don C. y su estimable familia.
ARTÍCULO IV

A. sensible fallecimiento del señor J.J.D.M., Oficial deInvestigación de la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicialde Corredores, hijo del señor V.J.D.S., Notificador del Juzgado Agrario de esa localidad, se acuerda expresar las condolencias de la Corte y de este Consejo a don V.J. y a su estimable familia.

ARTÍCULO V

A. sensible fallecimiento del señor R.C.C., Oficial deInvestigación de la Delegación Regional de Corredores, hermano de la señora M.C.C., funcionaria de la Subunidad Administrativa Regional de esa localidad, se acuerda expresar las condolencias de la Corte y de este Consejo a doña M. y a su estimable familia.

ARTÍCULO VI

A. sensible fallecimiento del L.. R.P.P., jubilado judicial, se acuerda expresar las condolencias de la Corte y de este Consejo a su estimable familia.

ARTÍCULO VII

Enla sesión del 7 de setiembre recién pasado, artículo XXXVII, a solicitud delseñor Ó.Q.S., Auxiliar Judicial del Juzgado Civil y de Trabajo deDesamparados, se dispuso su traslado al cargo de Conserje del Juzgado CuartoCivil de Menor Cuantía de San José, en propiedad a partir del 1° de octubre en curso; lo anterior en virtud de afrontar problemas laborales en aquel Despacho.

LosLicdos. Ó.C.V., V.S.C. y Libia Duarte Montoya,Jueces del referido Juzgado Civil de Menor Cuantía, en nota del 28 de setiembreúltimo, interponen recurso de reconsideración contra aquella disposición, queno aceptan, y en su lugar solicitan que sea confeccionada la terna respectiva yde esa manera poder escoger la persona idónea para el puesto, conforme al Estatuto de Servicio Judicial.

Tambiény por las razones dadas en escrito de misma fecha, el señor O.H., servidor interino del Juzgado mencionado, interpone reconsideracióndel acuerdo que ordena el traslado y solicita que se pida al Departamento de Personal sacar a concurso dicha plaza.

P. parte, el señor Q.S. pide dejar sin efecto su traslado, pues lasituación laboral difícil por la que atravesaba ya fue solucionada; queactualmente trabaja en una forma bastante tranquila, aparte de que no se leconsultó previamente si estaba o no de acuerdo con la nueva plaza asignada. P. anterior, solicita se le permita continuar como lo ha hecho durante más deun año en el puesto en que está ascendido, lo cual representa para él una gran ayuda económica para atender los gastos familiares que debe afrontar.

Se acordó:Acoger la reconsideración solicitada y dejar sin efecto el traslado ordenado enla sesión del 7 de setiembre de este año, artículo XXXVII. Asimismo, por lostérminos en que ellos se dirigen a este Consejo, aclarar a los señores Juecesdel Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía, que la ley le concede al ConsejoSuperior la facultad de ordenar traslados, provisionales o definitivos, de losservidores judiciales, en consideración a la visión global que este Órgano tiene de todo el ámbito judicial.

El Departamento de Personal tomará nota para lo de su cargo.

ARTÍCULO VIII

En la sesión efectuadael 7 de setiembre de 1999, artículo XLVIII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

"En la sesión del 20 de mayo de 1999,artículo XXXV, se dispuso solicitar al Departamento de Planificación un estudioe informe sobre la distribución de funciones en el Juzgado Civil, Familia y Laboral de H..

Enatención a dicho acuerdo, la Jefa del Departamento de Planificación, Licda.Marta A.C., con oficio N° 1692-PLA-99 del 3 de setiembre en curso,remite el informe N° 199-DO-99 del 26 de agosto anterior, preparado por la Sección de Desarrollo Organizacional de ese Departamento, en el que se hacen las siguientes recomendaciones:

"IV. RECOMENDACIONES

Una vez realizado el análisis de las diferentesvariables del Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo, se proponen las siguientes recomendaciones:

Al Despacho

1.-

Al no existir manualde labores en este despacho, se recomienda adoptar el que figura en el Anexo N° 1 del presente estudio.

A continuación se muestra un resumen de las labores que se recomiendan para cada puesto en dicho manual:

Distribución de labores propuesta para el Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo.

Función según distribución de materias Cantidad de Personal destinado Nombre del puesto implicado en la labor
Supervisión inmediata y otras labores 1 Auxiliar Judicial 3
Tramitación de las materias de civil y trabajo 1 ½* Auxiliar Judicial 2
Tramitación de las materias de familia y violencia doméstica 1 ½* Auxiliar Judicial 2
Manifestación 2 Auxiliar Judicial 2
Notificación 1 Notificador 1
Conserjería 1 Conserje 2

* Una persona a tiempo compartido en la tramitación de todas las materias.

Considerando que actualmenteexiste una persona tramitando las materias de civil y trabajo y dos en familiay violencia doméstica, se recomienda, que una de las personas que tramita lasúltimas materias indicadas, labore de forma mixta, es decir, tramite tanto civil y laboral como familia y violencia doméstica.

Dicha distribución permitiránivelar la distribución de trabajo existente y a la vez permitirá capacitar auno de los servidores para que conozca de todas las materias, a fin de preverque si la Dirección Ejecutiva retira la plaza de A.J. 2Supernumerario, quien es el que actualmente tramita civil y laboral, pueda el servidor que realiza labores mixtas solventar la carencia de dicho recurso.

También se recomienda al JuezCoordinador brindar la oportunidad de tramitar al personal que manifiesta (através de rotación), a fin de contar con mayores opciones de sustitución delpersonal en ausencia de alguno de los servidores que realizan la labor detramitación, máxime si cuentan con el apoyo del conserje y/o del notificador enla atención de público, en aquellos momentos en que, sin descuidar sus propiaslabores, puedan colaborar. Esto facilitaría el proceso de entrenamiento de los Auxiliares Judiciales.

2.-

En observancia delsistema de atención del público imperante en el despacho, se recomienda mantener el sistema tal y como existe actualmente.

3- Según el estudiorealizado por la Sección de Desarrollo Organizacional de este Departamento enel Informe No.051-PLA-DO-99 ( [1]),del ocho de marzo de los corrientes, y la actualización de la informacióncontenida en el presente informe (período enero-junio 1999), No se recomienda dotar de una plaza adicional de Notificador.

Al Departamento de Informática:

4.-

Se recomienda que se proporcioneun Data-suitch con tres direcciones en el área de tramitación, que permita a lacomputadora que no está conectada a la impresora accesar este recurso, paraevitar tener que grabar la información en "diskette" y trasladarla a una delas máquinas que están conectadas a la impresora, lo cual retarda la labor delservidor que no cuenta con la conexión y la del otro servidor, que debesuspender sus tareas mientras se imprime. Adicionalmente, deben proporcionarseextensiones que permitan conectar el Data-suitch...

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