Acta nº 14-2004 de Consejo Superior, 26 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2004
EmisorConsejo Superior

N°14-2004

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.‑ S.J., a las ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil cuatro.

Sesión ordinaria con asistencia del Magistrado C., P. en ejercicio,los licenciados M.A.P., E.A.M. y los suplenteslicenciados H.E.S., en plaza vacante y M.V., en sustitución del licenciado M.M.F., porincapacidad. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULOI

Se aprueba el actanúmero 10-04 correspondiente a la sesión celebrada el 12 de febrero de este año.

ElMagistrado C. y la licenciada V. se abstienen de votar, por no haber asistido a esa sesión.

ARTÍCULOII

Envirtud del fallecimiento del señor J.G.N., Jubilado Judicial, se acuerda expresar las condolencias de la Corte y de este Consejo a su estimable familia.

ARTÍCULOIII

En sesión celebrada el 10 de abril de 1997, artículo XXXVI, se estableció queel tiempo efectivo de trabajo de los investigadores después de doce horas aldía o de sesenta horas a la semana, solo se les autoriza el pago de un máximo de 3 horas extra.

En la efectuada N° 72-03 de 24 de setiembre del 2003, artículo III, se solicitóinforme al Departamento de Planificación respecto de las manifestacionesrealizadas por el licenciado M.C.O., Asesor Jurídico de la Asociación Nacional de Investigadores en Criminalística, en relación al pago de horas extraordinarias para los servidores de la Sección de Capturas del Organismo de Investigación Judicial, entre otros aspectos.

En sesión 86-03 del 13 de noviembre de ese año, artículo XXXI, se conoció elinforme N° 152-DO-2003 de 4 ese mes, suscrito por el máster R.Q.S., J. de la Sección de Desarrollo Organizacional del Departamento de Planificación, en lo relativo a la solicitud planteada en el acuerdo anterior, en el cual se consideró que no existen "horarios abusivos" dentro de la Sección de capturas, y concluye que por parte del patrono no se está utilizando un criterio abusivo para la definición de jornadas laborales del personal de investigación de la referida Sección.

En oficio N° 0192-04 de 17 de febrero en curso, el licenciado V.H.C.M., Presidente de la Asociación Nacional de Investigadores en Criminalística, al respecto manifestó:

"...me dirijoa Ustedes de parte de la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Investigadores en Criminalística (A.N.I.C.), a fin de que se de su conocimiento la presente reconsideración de los acuerdos de ese Consejo Superior, relacionados con el informe de Planificación N° 152-DO-2003, del 4 de noviembre del 2003, en tornoal problema del número de horas que deben laborar los servidores del Organismo de Investigación Judicial.

Como essabido por Ustedes los trabajadores del Organismo de Investigación Judiciallaboran diferentes tipos de horarios; sin embargo, la administración pretendeextender el número de horas efectivas por semana a 60 horas, lo cual resultainaudito, si no se reconocen las horas extras después de las 40 horas laborables estipuladas para todos los servidores del Poder Judicial.

Es imposiblelaborando 60 horas y que se reconozcan dos días por semana de descanso, y conocasiones hasta las horas de descanso diarias. Además se están ignorandolos acuerdos sobre temas como la disponibilidad y horas laborables realizados por la COMISIÓN CORTE-ANIC.

A. antemano su atención a la presente, y solicito por resultar oportuno se le permita a la Asociación referirse a este tema en el seno de ese Consejo Superior."

Se acordó: Denegar lasolicitud planteada por el licenciado C.M. y mantener lo resuelto enlas sesiones de referencia, en razón de que la Corte Plena en sesión del 19 de octubre de 1992,artículo XXX, dispuso reconocer un sobresueldo de 20% por riesgo opeligrosidad, disponibilidad y variación de jornada para los puestos deinvestigador dada la naturaleza del cargo; además en sesiones del 4 y 18 dejunio de 2001, artículos XX y XL, en su orden, se acordó reconocer un 10% porriesgo, un 10% por disponibilidad y un 20% por variación de jornada para los puestos policiales incluidos investigadores y jefaturas.

ARTÍCULOIV

Ensesión N° 97-03, celebrada el 16 de diciembre del 2003, artículo XV, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

"E.J.C.M.G., en oficio de fecha 20 de octubre, del presente año, expresa:

".PRIMERO:Mi relación con el Poder Judicial inició en fecha 12-12-1994, y finalizó en fecha 31-03-2003, donde estuve nombrado en diferentes puestos en la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de P.Z..

SEGUNDO : Yo tenía ya varios años de laborar en forma interina en el puestode operador de Radio 1 en dicha oficina, y tenía pendiente pasar el examenpsicológico para quedar elegible en el puesto de Operador de Radio 1, la Licda. Nieves Rueda me manifestó que la plaza la tenía que sacar a concurso, yaproximadamente a finales del mes de marzo del año 2003, me indicó verbalmenteque había sacado la plaza a concurso y únicamente el servidor GuillermoCalderón tenía los requisitos aprobados, por lo que él sería nombrado enpropiedad en dicha plaza, además que mi nombramiento terminaba en el mes deJulio del año 2003, pero luego el mismo día me manifestó también verbalmenteque me iba a cortar el nombramiento en fecha 31 de marzo del año 2003, para queme pagaran mis derechos laborales, a saber; preaviso, auxilio de cesantía,vacaciones, aguinaldo y salario escolar, ya que tenía que llenar la plaza deoperador de radio 1 lo antes posible, cabe agregar que a don G.C. tuvieron que cortar el nombramiento en el O.I.J. de Alajuela, ya que la Licda. Nieves Rueda indicó que la plaza de radioperador 1 que había en el O.I.J. de PérezZeledón tenía que ser ocupada en propiedad, en este hecho se demuestra que mecortó mi nombramiento en el puesto de operador de radio 1, ya que el mismoterminaba hasta el mes de Julio del año 2003, además no es cierto lo que indicala L.. Nieves Rueda en el sentido de que se me ofreció un puesto deoficinista 1, ya que en primer lugar me había indicado verbalmente a finalesdel mes de Marzo que mi nombramiento cesaba el 31de Marzo del año 2003, y comolo indique anteriormente estaba nombrado en ese puesto hasta el mes de Juliodel año 2003, por lo que mi relación laboral en ese despacho ya me había sidonotificada verbalmente que terminaba en esa fecha no respetándose el plazo demi nombramiento, en segundo lugar me indicó que la señora L.A., había pedido un permiso sin goce de salario, y que el puesto de dichaseñora era de Oficinista 1, y me manifestó que como la funcionaria Y. estaba de conserje, ella subía al puesto de L.A., yquedaba el puesto de conserje libre, pero no concreté nada, por lo quemanifestó verbalmente que le daría ese puesto de conserje a mi hermana EvelynnMora, ya que estaba de meritoria, y la nombró de conserje, y que me cortaría minombramiento el 31 de marzo del 2003, para que me pagaran mis derechoslaborales, a sabiendas que mi nombramiento vencía hasta el mes de julio del año2003, además indica la Licda. Nieves Rueda que yo no quise aceptar el puesto deoficinista 1, lo cual no es cierto, ya que ella me comentó que al subir YendryMartínez al puesto de oficinista 1, en vez L.A., quedaba libre elpuesto de conserje, y más aún queda demostrado que no es cierto esto ya que alestar mi hermana E.M. de meritoria en esos días, la nombraron en el puesto de conserje, y no en el de Oficinista 1, como indica la Licda. Nieves Rueda en su escrito.

TERCERO : En lo que respecta al preaviso, no se me indicó con un mes deanticipación como lo manifiesta la Licda. Nieves Rueda, esto porque me manifestó que la plaza de operador de radio 1 la tenía que sacar a concurso, yaproximadamente a finales del mes de marzo del año 2003, me manifestóverbalmente que había sacado la plaza a concurso y únicamente el servidorGuillermo C. tenía todos los requisitos aprobados, por lo que él seríanombrado en propiedad en dicha plaza, además que mi nombramiento terminaba enel mes de Julio del año 2003, pero luego el mismo día me manifestó tambiénverbalmente que me iba a cortar el nombramiento en fecha 31 de marzo del año2003, para que me pagaran mis derechos laborales, a saber preaviso, auxilio decesantía, vacaciones, aguinaldo y salario escolar, ya que la plaza en la que estaba nombrado la tenía que llenar lo antes posible en propiedad. OFRECIMIENTO DE PRUEBA

Testimonial:

Es caso de sernecesario y si a bien lo tiene el Consejo, solicito se me indique a efecto deprobar mis afirmaciones con al menos tres testigos, los cuales aportará en el momento procesal oportuno.

documental:

Solicito setenga a efectum videndi el expediente personal del suscrito, mismo que seencuentra en el Departamento de Personal, del Poder Judicial, donde podráconstatarse que el suscrito NO RECIBÍ ninguna acción del Departamento de Personal en forma escrita que pruebe lo manifestado por la Licda. Nieves Rueda. FUNDAMENTOS LEGALES

Me baso en los numerales 28, 29, siguientes y concordantes del Código de Trabajo. PETITORIAPor loexpuesto y fundamentos legales invocados solicito:

üSe rechace por inexacto el informe jurídico número 074-03 de fecha 30 de julio del 2003.

üSe ordene cancelar al suscrito la totalidad de los derechos laborales que me corresponden."

La Secretaría de la Corte, solicitó con oficio 10251-03, del 23 de octubre del presente año, informe al Departamento de Personal.

Con oficioNo. 824-JP-2003 de fecha 3 de diciembre, del presente año, el MBA, F.A.M., J. del Departamento de Personal, manifiesta:

".En atención al Oficio No. 10251 de la Secretaria dela Corte, fechado 23 de octubre del 2003, esta jefatura, por medio del OficioNo. 685-JP-2003 de 29 de octubre del presente, se refirió a las manifestacionesdel L.. J.C.M.G., expresadas en su reclamo ante el Consejo Superior.

En elreferido oficio se indicó, que se iba a enviar a la Licda. M. de las Nieves Rueda Rincón, una copia de la gestión del señor M.G., aefecto de que ésta señalara por escrito ante el Departamento de Personal, loque considerara oportuno, dado el reclamo expreso del señor M.G. entorno...

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