Acta nº 15-2005 de Corte Plena, 22 de Agosto de 2005

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2005
EmisorCorte Plena

N° 26-2.005

Sesión ordinaria de Corte Plenacelebrada a las trece horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos milcinco, con asistencia inicial de los Magistrados Mora, P.; R., León,E., A., V., van der L., V., V., R., C., A., P., Calzada, V. y J..

ARTÍCULO I

Se aprobó el acta de la sesión de Corte Plena celebrada el 18 de julio último, # 23-2.005.

Los Magistrados Mora, A., V. y J., se abstuvieron de votar por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO II

Se somete a consideración el análisis del proyecto de reforma al Código de Trabajo.

Para que se refiera al tema, se concede la palabra al Magistrado A., quienexpresa: "Primero que todo, debo indicarles a los compañeros y a lascompañeras, que este proyecto ya había venido a la Corte en alguna oportunidady que se había tomado la decisión de someterlo al conocimiento no sólo de losseñores jueces de trabajo, sino también de las llamadas partes sociales,entiéndase sindicatos y cámaras patronales. En cumplimiento de ese encargo enla Sala Segunda, iniciamos una labor de divulgación del proyecto y con el apoyoque recibimos del Ministerio de Trabajo, de la Organización Internacional delTrabajo y también del Gobierno de Canadá, por medio de un programa que sedenomina FUALCO, tuvimos oportunidad de poner en conocimiento de todos estos sectoresel proyecto, con los señores jueces se llevaron a cabo yo diría que tresactividades: una primera, que fue una actividad abierta en la que participaronjueces de trabajo, participaron abogados litigantes relacionados con esta áreay funcionarios también del Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social; unasegunda actividad compartida entre jueces y funcionarios del Ministerio deTrabajo y una tercera actividad exclusivamente con jueces de trabajo, durantetodo un día, además de eso, el Ministerio de Trabajo integró una comisión quese encargó de examinar el proyecto y también en el Colegio de Abogados serealizaron actividades abiertas con participación de abogados, estudiantes eincluso con intervención de expertos internacionales, finalmente el proyectofue objeto de discusión durante casi seis meses en el Consejo Superior deTrabajo con participación de representaciones de los sindicatos y de lascámaras patronales y del gobierno. De todos estos sectores se recibieronobservaciones que finalmente nos encargamos, primero de sistematizar, deincorporar lo que se consideró factible por medio de una comisión que me tocócoordinar con la participación de don O.B., quien además de serMagistrado suplente, representaba en esa actividad a las cámaras patronales;también estuvo el licenciado F.B., quien también es M. y representaba a los sindicatos, también se incorporó a esta comisióncuando en lugar de don F. en varias reuniones, el licenciado M.M., quien es el representante o abogado de las Asociación Nacionalde Empleados Públicos y Privados. Igualmente debo indicar, que en la comisiónparticipó un representante de la O.I.T. el licenciado H.V., si bien no en todas las reuniones en las sesiones de trabajo, sí envarias de ellas. El resultado final es el proyecto que les hemos enviado enesta última oportunidad y que estamos conociendo en esta tarde. Como puedenustedes comprender, ha sido un trabajo bastante largo pero que al final viene arecoger los distintos intereses, las distintas visiones de todos estossectores, no está de más indicar que el proyecto una vez que había sidoelaborado fue revisado por la Sala, consideramos hacerle algunas modificaciones, muy pocas por cierto y a las que me referiré posteriormente.

En el texto queles envié por correo electrónico, hay indicaciones en colores, en color azulque son las partes del proyecto que fueron objeto de alguna modificación ya seaen su esencia o en su forma y también tanto en el texto escrito que se lesenvió, en el físico como en este mismo correo electrónico están señaladasinnumerables notas que indica que recomendación es la que se está acogiendo, alos efectos de incorporarla al proyecto o en algunos casos, se hacenindicaciones relacionadas con temas que en la comisión y en la misma Sala no seaceptaron pero quedan ahí consignamos para que eventualmente puedan serconsiderados en otras sede o en otro estadio donde se conozca o llegue aconocerse este proyecto. A pesar de que el proyecto estuvo aquí en la Corte,pensamos que era conveniente que regresara aquí, sobre todo que se le hicieronmodificaciones importantes como decía, no solo en su forma sino también en sufondo, podríamos señalar a grandes rasgos las características del proyecto quees lo que busca y como todos sabemos, el encargo que hizo la Corte tuvo suorigen en la necesidad de remozar el procedimiento laboral, reformando eltítulo X del Código de Trabajo con un propósito ya anunciado de antemano, cual es el de introducir el sistema o el principio de la oralidad en el procedimiento.

De todoses sabido, que el tema de la mora no necesariamente se localiza en materiascomo la materia civil, sino que también en estos momentos está afectandoseriamente lo laboral. Recientemente se hizo una presentación para el trabajorelacionado con el Estado de la Nación y se hizo la observación de que se habíatomado como punto para estudio en el área de la jurisdicción el tema de lolaboral y salimos como dicen no muy bien librados de esta presentación, porquese nos dice que hay una mora muy marcada en esta área y fundamentalmente enGoicoechea. Pensamos que esta es una forma de paliar el tema de la mora, esdecir, la reforma del proceso laboral, sabemos que no solamente con esto se vaa corregir el tema porque será necesario seguir trabajando en otros temascomo el de la gestión, el de la tecnología y en fin en otros tan importantescomo la selección y la formación de los jueces sobre lo que ya se ha venidotrabajando en el seno de la Escuela Judicial, o sea, que se trata de muchosfrentes que debemos abordar. Yo diría que una de las característicasimportantes de este proyecto, es que en primer lugar, define una competenciaque es bastante amplia en el sentido de que hace o trata de cubrir lo que se havenido conociendo como sector privado y también se hace una definición con elpropósito de incluir ahí lo relativo a las relaciones de empleo público en lo que resulte compatible.

Otro punto muyimportante, es la eliminación de la cuantía como un criterio de discriminaciónde un determinado procedimiento y desde luego, de acceso a recursos. Se delegaa la Corte Suprema de Justicia la organización de tribunalessub-especializados, esto tiene como propósito que la Corte pueda organizarjurisdicciones muy especializadas como por ejemplo, para conocer temas de pensiones o de seguridad social.

Otro tema que yoconsidero muy importante destacar en el proyecto es que se hace exigible elpatrocinio letrado, esto tiene como propósito evitar las situacionesinconvenientes que se han venido observando en la realidad de que las personasque acuden a estrados sin ese patrocinio, si bien tienen alguna facilidadcomprometen por un lado el tema del juez imparcial por cuanto es indispensable quealguien en el despacho les de alguna asesoría para poder plantear suspretensiones, pero además de eso, estas personas a menudo resultan afectadaspor la falta de el patrocinio letrado. Este tema tiene una trascendenciaimportante porque por un lado es cierto que estamos tratando de darle degarantizarle a las personas usuarias del Poder Judicial un servicio máseficiente, por el otro posiblemente nos llegue a comprometer un poco en lamedida o en la necesidad que vamos a tener consignar por ahí un cuerpo deabogados de asistencia social, no sabemos exactamente cuanto puede ser porqueeso va a depender mucho del comportamiento, en la actualidad hay organizacionesgremiales como los sindicatos que han venido dando una cobertura bastanteimportante en este tema, de manera que hoy día el acudir a los tribunales untrabajador solo, esto sucede más que todo fuera del área metropolitana, aquí espoco, con un agravante diría yo para el Poder Judicial y es de que lapersona llega a los tribunales con un papelito y dice que es lo que va a ponery ahí le redactan la demanda y después los abogados se apersonan dándole elpatrocinio cuando se procede de esa manera, con lo cual obviamente que lo queestán haciendo es aprovechándolo para que alguien haga el trabajo material deredactar las demandas y algunas veces encontramos que lo que el abogado hace esrevisar lo que se hizo y tal vez si es del caso alguna corrección. S. entonces sobre la marcha diría yo sobre el camino ver cual es elcomportamiento para saber exactamente cuantos abogados vamos a necesitar.También se está tratando a través de normas especiales de que el Colegio deAbogados pueda asumir a través de programas o cadenas de asistencia social sise quieren llamar así también está asistencia gratuita y que de ese modo puedaorganizar un sistema que le permita a algunos abogados también ganarse algúndinero, por supuesto que esto habrá que esperar cual va a ser el verdadero comportamiento.

Otro punto queyo diría importante es lo del régimen probatorio, estamos proponiendo unrégimen probatorio más acorde con las doctrinas procesales modernas en materiade trabajo. Por lo general, los sistemas se basan en la famoso regla de quequien afirma algo tiene que probarlo, de manera que el actor ha de probar loshechos de su demanda y el demandado los hechos optativos o el fundamento de susexcepciones, esto ha ido sufriendo cambios en la doctrina procesal y hoy día,si analizamos las sentencias de los tribunales, nos vamos a encontrar con queconstantemente a pesar de que el Código de Trabajo remite al Código ProcesalCivil, en esta materia constantemente aparecen aplicando el sistema llamado deredistribución de las cargas probatorias que está ideado precisamente parasolventar aquellos puntos en los cuales al trabajador le es más difícil obtenerlas pruebas y entonces se produce una especie de reversión o inversión enpuntos concretos de la carga probatoria y les...

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