Acta nº 01-2008 de Corte Plena, 14 de Enero de 2008

Fecha de Resolución14 de Enero de 2008
EmisorCorte Plena

N° 01-2.008 Sesión ordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horastreinta minutos del catorce de enero del dos mil ocho, con asistencia inicialde los Magistrados Mora, P.; R., S., G.E., A.,V., V., R., P., C., S., Calzada, V. y losSuplentes R.C.H., M.A.B.R., L.V.A. y G.C.M.; la primera, el tercero y el cuartoen reemplazo de los Magistrados Vega, A. y A., por permiso con goce desalario concedido a los dos primeros para otras actividades del cargo yvacaciones el último. La Magistrada B. ocupa la plaza vacante de la SalaSegunda.

ARTÍCULO I

Se somete a aprobación el acta de la sesión celebrada el 17 de diciembre del 2.007, N° 33-07.

El Presidente, M.M., indica: "Hay un tema que me planteó elMagistrado R., que se refiere al penúltimo artículo, relacionado con lamenor y mayor cuantía en la materia laboral. Yo entendí y me pareció recordar yasí lo había corroborado con don G.E., que habíamos dispuesto quedejábamos la materia civil para resolverla una vez que se recibiera elcorrespondiente informe por parte del Departamento de Planificación; pero medice el M.R. que él estima de que en realidad dejamos cubiertas todas las materias en la misma cantidad."

Agrega el M.R.: "Este fue de los últimos puntos que conocimos elpasado 17 de diciembre. La propuesta venía en el sentido de elevar la cuantía ados millones de colones para la materia laboral, sin embargo, en ese momentoaprovechamos para también elevar la cuantía en la materia agraria y en lamateria civil, así se indicó en la discusión y cuando vimos la objeción de queindicaba ese proyecto de propuesta en el sentido de que lo civil se posponíahasta tanto hubiera un pronunciamiento de la comisión ante el informe delDepartamento de Planificación, los compañeros de la Sala Primera y yo lesmanifestamos que ese informe técnico del Departamento de Planificación ya habíasido conocido por la Comisión de la Jurisdicción Civil y ya se había dadoun pronunciamiento de la Comisión Civil, aquí está la comunicación queposiblemente estaba atrasado en alguna oficina, que también la propuesta debíade ser ampliada para que la elevación de la cuantía también contemplara lamateria civil y la materia agraria; y en ese sentido fue que entendimos que había sido tomada la decisión por esta Corte.

He estadoconversando con algunos de los señores Magistrados presentes en aquellaoportunidad y efectivamente me confirman que la votación fue en el sentido deque eleváramos las cuantías a dos millones de colones, también en la materiaagraria y en la materia civil y en ese sentido es que proponemos ahora que seratifique ese acuerdo para involucrar todas las materias de una vez en esa elevación de la cuantía."

Menciona la Magistrada E.: "Apoyo lo que dice el M.R., pues enese sentido creí entenderlo de que la competencia se elevaba para la cuantías ados millones de colones. En el caso agrario, únicamente para el conocimientodel recurso ante la Sala de Casación, por cuanto se carece de cuantías. Así quesi a bien lo tienen, creo que hasta esto es beneficioso para los y las usuariasen el sentido de que sería sólo una cuantía genérica y eso ayuda a evitar contradicciones o dudas."

Sin objeción de las señoras y señores Magistrados presentes, se acordó: A. acuerdo de la sesión celebrada el 17 de diciembre del año pasado, artículoXXXVI, en el sentido de que también se fija en dos millones de colones el montode la cuantía para el conocimiento de los procesoscorrespondientes a la materia civil que conocen los juzgados de menor cuantía,así como para la interposición del recurso de casación de esa materia ante la Sala Primera.

En lo demás se tiene por aprobada el acta de la sesión celebrada el 17 de diciembre del 2.007, número 33.07.

La M.S.C.H. y los Magistrados Suplentes V.A. y C.M., se abstuvieron de votar por no haber asistido a esa sesión.

ARTÍCULO II

En la sesión celebrada el 3 de diciembre del año pasado, artículo XXXVIII, se tomó el acuerdo que en lo conducente dice:

"Aprobar la propuesta del Presidente, MagistradoMora, y por ende, autorizar que la Sala de Sesiones de la Corte Plena seaacondicionada con el equipo necesario para que tanto las vistas de las Salas como las sesiones de esta Corte sean filmadas con audio y video.

Oportunamente se resolverá lo que corresponda en relación al contenido de las actas."

Se dispuso: C. alP., M.M., así como a la señoray los señores Presidentes de las cuatro S., a efecto de que propongan cómose deberán de confeccionar las actas de esta Corte, con motivo de la implantación del nuevo sistema de audio y video.

ARTÍCULO III

ENTRAN LOS MAGISTRADOS CHAVES Y JINESTA.

En la sesión celebrada el 17 de diciembre del año pasado, artículo XXXV, con laabstención de la M.E., se acordó aprobar la propuesta del señorPresidente, y por las razones que expuso, se desestimó la propuesta del ConsejoNacional de la Jurisdicción Agraria y del Departamento de Planificación, parareestructurar la competencia territorial de los Juzgados Agrarios del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica y de Turrialba.

Manifiesta laMagistrada E.: "Yo me abstuve de votar por cuanto esta solicitud y esteapoyo, se pedía también para la Comisión de Agrario. A raíz de que no nos habíamospodido reunir válidamente por cuanto las convocatorias que realizo, unamensualmente, carecían de quórum, realizamos una extraordinaria la cual sí tuvo éxito con el quórum requerido, y se conoció del asunto.

En esta sesiónde Corte Plena que hoy se está aquí presentando para su aprobación se acordóaprobar la propuesta del señor P.M.M., y desestimar lo quesolicitó el Consejo Nacional, en el sentido de que la competencia territorialde los asuntos agrarios que corresponden a Siquirres fueren conocidos enTurrialba. Sin embargo las razones que brindó el señor P., muyrespetables, pero que yo me abstuve de participar, radican en el sentido de quees mejor carretera la de Siquirres a Guápiles que Siquirres a T. y a la vezpara evitar problemas a los usuarios en cuanto a variar las competenciasterritoriales de un lado y otro. Deseo aclarar que la competencia de S. la ve Guápiles, como se afirmó y como se aprobó, sino que la competencia delos asuntos agrarios de Siquirres los conoce el Juzgado Agrario de Limón. Paralos usuarios y las usuarias y desde ese ángulo, es que se solicitó esta gestióny esa fue su intensión, es decir, brindar un mejor servicio, así como descargarun poco la competencia o la carga de trabajo que tiene el Juzgado de Siquirres.

Estimo que lascondiciones de la vía Siquirres-Turrialba, son mejores y es un trecho muchísimomás corto, en veinte kilómetros, aunado a la situación real diaria de que lacarretera Guápiles-Limón, es sumamente transitada por furgones, mientras que Siquirres-Turrialba no, y la carretera está en óptimas condiciones.

También con laComisión de Valores, visitamos las edificaciones que están ya terminadas enTurrialba, y observamos que tanto el Juzgado Agrario como el Juzgado Civil,tienen sus despachos continuos, lo que viene a beneficiar para el caso de laLey de Asuntos Cobratorios, por la forma en que se van a implementar, siendoesta edificación de Turrialba una de las primeras que contará con todos losadelantos y sistemas para brindar este mejor servicio. De ahí que serviríamuchísimo que se editara en cuanto a esta aprobación o esa decisión y sereconsiderara, que es lo que se pide por parte de la Comisión de Agrario yAmbiental, con el afán de que se permita y se le otorgue la competencia de losasuntos agrarios conocidos en Siquirres, a Turrialba. Esto viene plasmadotambién con una serie de firmas recogidas de todos los y las litigantes, así como un informe que en ese sentido brinda el Departamento de Planificación.

Ahora, en elcaso de que ustedes si a bien lo tienen reconsiderar este acuerdo, como yo lopido a nombre de la Comisión, ahora de Agrario y que también lo pidió elConsejo Agrario y formado por todos los juzgadores y defensores agrarios;subsidiariamente estimo que no basta que Corte rechace un asunto en que se pideesto con estudios que lo benefician, sino que sería bueno que este órgano déuna respuesta sustituta al traslado de competencia, cual es la gestión de losjuzgadores agrarios, de los usuarios y las usuarias, de las y los abogadoslitigantes. Es entonces que ante el aumento tan drástico que ha sufrido lacompetencia de Siquirres en materia agraria, se nombre un tercer juzgador agrario para hacerle frente a la cantidad de asuntos que se están conociendo.

Dejo de estaforma informada a esta Corte lo expuesto y declarado en firme por la Comisión de Agrario, y espero que mediten sobre el punto en aras de un mejor servicio."

Se dispuso:Tener por presentada la revisión de la Magistrada Escoto contra el artículoXXXV, de la sesión del 17 de diciembre del año pasado, y resolverla en una próxima sesión.

ARTÍCULO IV

En sesión Nº 32-07 del 03 de diciembre recién pasado, artículoXXXVII, entre otros asuntos, se dispuso aprobar la recomendación delDepartamento de Planificación, tendente a que por el lapso de un año nose realicen nombramientos en propiedad en el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, sedes Desamparados y H..

La licenciada O.M.D., Jueza del Tribunal del PrimerCircuito Judicial de San José, sede Desamparados, en correo electrónico de 07 de enero en curso, señala:

"El díadiecinueve de diciembre del dos mil siete, se comunicó - mediante correoelectrónico- a este Tribunal el acuerdo tomado por ustedes en sesión 32-07celebrada el 3 de diciembre del año pasado. Se desprende de dicho acuerdo, quela Corte acogió la recomendación realizada por el Departamento de Planificaciónen el sentido de no realizar nombramientos en propiedad por un año en elTribunal de Hatillo- Pavas. Con el mayor de los respetos, estimo que lasrazones expuestas por el Departamento de Planificación deja de lado que elTribunal de H. ha estado funcionando en forma efectiva durante varios añoscon cuatro Jueces 4 aproximadamente; personal que ha permitido...

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