Acta nº 09-2011 de Consejo Superior, 22 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2011
EmisorConsejo Superior

Nº 14-11

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J.,a las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil once.

Sesión ordinaria con asistenciadel P.M.M., de la licenciada M.C.A., ladoctora L.C.C. y los licenciados M.M.A. y A.M.A.. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

Se aprueba el acta N° 09-2011 de la sesión celebrada el 8 de febrero del año en curso.

El P., M.M. se abstiene de votar por no haber participado en la citada sesión.

ARTÍCULO II

Se dispone llamar a la suplente licenciada C.A., para que sustituya a la doctora L.C.C., por el día 24 defebrero en curso, por permiso con goce de salario para actividades propias del cargo.

El Despacho de la Presidencia y el Departamento de Personal tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO III

Se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a la servidora R.C.M., Técnica J.icial 2 de la F.ía Adjunta de Fraudes del Ministerio Público y a su estimable familia ante el sentido fallecimiento de su hermano señor F.C.M., Custodio de Detenidos de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación J.icial.

ARTÍCULO IV

Con ocasión del sentido fallecimiento del señor J.C.Z., padre del servidor J.J.C.S., Técnico Administrativo de la Sección Administración del Departamento de Personal, se acuerda expresar a don J.J. las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a los citados servidores y a su estimable familia.

ARTÍCULO V

Ante el sentido fallecimiento del señorJavier M.B., Jubilado J.icial, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a su estimable familia.

ARTÍCULO VI

Con motivo del sentido fallecimiento de la señora ArtemidaSoto Chavarría, Abuela paterna de la licenciada A.L.C.S., DefensoraPública de la Defensa Pública de G., se acuerda expresar a doña A.L. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO VII

Ante el sentido fallecimiento del señor K.P.C., hermano del servidor K.Picado C., Técnico Jurídico de la Primera F. ía Adjunta del Segundo Circuito J.icial de S.J.,se acuerda expresar a don K. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO VIII

Con motivo del sentido fallecimiento de la señoraAurora U.S., suegra del señor M.C.B., P.J.de Retrato Hablado del Archivo Criminal, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo, a don M. y a su estimable familia.

ARTÍCULO IX

Las licenciadas T.G.A.,S.S.Z., los licenciados R.G.V., G.C., E.J.G., S.Q.C., J.R.F.,R.O.S. y M.A.P., Jueces Penales de Cartago,en correo electrónico recibido el 14 de febrero en curso, solicitaron lo siguiente:

"[.]

Enla sesión número 20-11, del ocho de febrero de dos mil once, seacordó por parte del Consejo Superior,pagar a los suscritos jueces de Cartago el cinco por ciento de riesgo a partir de esa fecha.

De manerarespetuosa solicitamos al Consejo Superior se reconsidere el anterior acuerdopara que dicho pago sea cancelado en forma retroactiva por las siguientes razones:

1.-

) Mediantenota dirigida al Consejo Superior en fecha 27 de agosto de 2010 evidenciamos elerror en que incurrió el Departamento de Personal al excluirnos sinjustificación alguna de los acuerdos tomados por el Consejo Superior en sesión número 31-10, del seis de abril del año en curso, en elartículo XLIV. En dicho acuerdo se indicaba de manera clara a cuales juecesdebía pagárseles el cinco por ciento por concepto de riesgo y fue elDepartamento de Personal que de manera unilateral excluyó a los jueces penales de Cartago de dicho pago.

2.-

) Todo lo anterior provocó que se pidiera por nuestra parte, ennota dirigida al Consejo Superior en fecha 27 de agosto de 2010, que serectificara tal error y se nos pagara a dichos jueces DE MANERA RETROACTIVA,al igual que se le canceló a los otros funcionarios de S.J. que estaban en nuestra misma situación.

3.-

) El acuerdo del Consejo Superior de fecha ocho de febrero de2011, no se pronuncia con respecto a nuestro reclamo de pago retroactivo. Elyerro del Departamento de Personal nos pone en una situación de desigualdad conrespecto a los otros funcionarios a los que sí se les pagó de esa manera,desatendiendo lo que el Consejo Superior resolvió en su momento y que seencuentra firme, por lo cual dicho acto administrativo no puede ser variado en nuestro perjuicio.

Es tan claro, que ahora el Consejo Superior reitera que debe hacerse dicho pago dándosenos la razón a nuestra justa petición.

4.-

) Dado lo anterior y de la manera más atenta, solicitamos alConsejo Superior reconsidere lo acordado en el artículo 20 de la sesión delocho de febrero de este año y se le ordene, sin más trámite, al Departamento dePersonal que efectúe el pago retroactivo por concepto de riego para todos aquellos funcionarios que fuimos excluidos en esa oportunidad.

Para comunicaciones, señalamos el correo electrónico rgullock@poder-judicial.go.cr"

En sesión N° 31-10 celebrada el 6 de abril del 2010,artículo XLIV, se aprobó el informe SAP-179-2008, referente a la política parael pago por concepto de Riesgo a nivel institucional y se estableció elprocedimiento para definir aquellos puestos a los cuales les corresponde ese plus.

Posteriormente, en sesión N° 9-11 del 8 de febrero delaño en curso, artículo XX, entre otros, se reconoció el porcentaje del 5% sobresalario base por concepto de riesgo, a partir de ese día, a diferentes puestos de juez supernumerario y juez 4.

Se dispuso: Acoger la reconsideración interpuesta, en consecuenciael reconocimiento del porcentaje del 5% sobre el salario base por concepto deriesgo aprobado en sesión No. 9-11 celebrada el 8 de febrero en curso, a los puestosindicados en ese acuerdo, rige a partir del 13 de abril de 2010 y no de la fecha del acuerdo en cuestión.

El Departamento de Personal tomará nota para lo que corresponda.

ARTÍCULO X

En sesión N° 8-11 celebrada el 3 de febrerodel año en curso, artículo XXXIII, se dispuso comunicar al señor C.L.M.U.,Exservidor J.icial, que por existir una renuncia de su parte desde el 26 de enerodel año en curso ya tramitada, no existe ninguna decisión que deba ser conocidapor este Consejo sobre los motivos por los cuales renunció al puesto queostentaba en propiedad como Conserje del Juzgado de Familia de Desamparados yse le comunicó que no correspondía a este Consejo resolver sobre la tramitación de su renuncia.

El señor C.L.M.U.,Exservidor J.icial, en escrito de 9 de febrero del año en curso, manifestó lo siguiente:

"Según documento presentado en fecha 28 de Enero de 2011 anteUstedes. Presento acto de RECONSIDERACION con respecto a mi manifestación en la PETICION en donde manifiesto actos de Feminismo de parte de la J. S. Madrigal. Señores, con todo respeto les solicito se tome en cuenta estamanifestación la cual he pensado mucho y considero me extralimité en mismanifestaciones. Solo les ruego que tomen en consideración la manera de serdespedido, Yo acepto que cometí una falta y eso lo tengo muy claro, como lesindico en mi escrito del 28 de Enero del 2011 fui obligado a renunciar, notenía otra opción, soy una persona de muy escasos recursos económicos ynecesito mi trabajo para cumplir con mis obligaciones, yo no soy ningúncharlatán he estado mucho tiempo laborando en el Poder J.icial y apelo aUstedes que son los máximos Administradores de Justicia de este País. L. audiencia para exponer mi caso, SOLAMENTE pido JUSTICIA, porqueconsidero que fui despedido INJUSTAMENTE. De nuevo les solicito acoger misolicitud en el sentido de DEJAR SIN EFECTO MI RENUNCIA y acogerme al trámite de mi DEBIDO PROCESO Y tener derecho a mi JUSTA defensa.

APORTO MEDIO PARA NOTIFICACIONES. Correo Electrónicoluisugarte-03@hotmail.com."

Enrelación con la audiencia solicitada por don C.L.M., manifiesta el I.M.A. que él lo recibió y atendió en su oficina.

Se acordó: 1.) Tener por hechas las manifestaciones del licenciado M.M.A.. 2.) Rechazar la reconsideración interpuesta por el señor M.U.,por no existir nuevos elementos que hagan variar lo resuelto,en consecuencia mantener lo resuelto en sesión N° 8-11 celebrada el 3 de febrero del año en curso, artículo XXXIII..

ARTÍCULO XI

Con vista en las proposiciones incluidas en la nóminaelaborada por el Departamento de Personal, se acordó: Aprobar en propiedad los siguientes nombramientos:

UNIDAD DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE LA OFICINA DE PLANES Y OPERACIONES DEL ORGANIMSO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL

1. V.C.K.

02-0637-0847

Investigador de Vigilancia y Seguimiento

Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-03-2011

Nómina No. 0020-2011

Puesto Nº 351645

Nombramiento en propiedad por primera vez

2. R.F.A.M.

01-0984-0280

Investigador de Vigilancia y Seguimiento

Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-03-2011

Nómina No. 0020-2011

Puesto Nº 351640

Nombramiento en propiedad por primera vez

SERVICIO POLICIAL DE RESPUESTA TÁCTICA

3. Solis Chavarría Deiby Gerardo

01-1139-0525

Oficial de Intervención Táctica

Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-04-2011

Nómina No. 0021-2011

Puesto Nº 350208

Nombramiento en propiedad por primera vez

4. Quirós Vanegas Ismael

01-1107-0902

Oficial de Intervención Táctica

Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-04-2011

Nómina No. 0021-2011

Puesto Nº 351664

Nombramiento en propiedad por primera vez

5. Guzmán Coto Andrés Josué

01-1157-0942

Oficial de Intervención Táctica

Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-04-2011

Nómina No. 0021-2011

Puesto Nº 351670

Puesto anterior: 107802

Investigador 1

Oficina: D.egación Regional del Primer Circuito J.icial de Alajuela

UNIDAD...

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