Acta nº 34-2011 de Corte Plena, 24 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2011
EmisorCorte Plena

N° 34-2011

Sesiónextraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas treinta minutos delveinticuatro de octubre del dos mil once, con la asistencia inicial de losM. Mora, P.; R., S., León, E., A., V.,V., C., R., C., A., C. y los S.J.P.H.G. y A.P.S., sustituyendo a la M.C. y al Magistrado Rueda, por vacaciones e incapacidad respectivamente.

ARTÍCULO I

Documento 10660-2011

Seaprobaron las actas de las sesiones celebradas el 3 y 10 de octubre en curso, números 32-11 y 33-11.

Por no haber asistido a esas sesiones elMagistrado S.H.G. se abstuvo de votar la aprobación de las actas. El Magistrado V. y la Suplente P.S. en lo que concierne a la primera y la Magistrada León en cuanto a la segunda.

ARTÍCULO II

Documento 10357-2011

En virtud del fallecimiento de la señoraGloria G.R., el P., M.M., le expresa al MagistradoA. el sentimiento de pesar de esta Corte, por el deceso de su madre, y lepide al Señor que le dé las fuerzas necesarias para poder recuperarse de ese duro golpe que recibe en su vida.

Manifiesta el Magistrado A.: "Q. a todos y a todas ustedes que sé me han estado acompañando en estosmomentos tan difíciles, y eso le ayuda mucho a uno a seguir adelante. Muchas gracias."

Se dispuso: E.M.A. y a su distinguida familia, el sentimiento de pesar de esta Corte, por el sensible fallecimiento de su señora madre.

ARTÍCULO III

Documento 10464-2011

Ante el sentido fallecimiento del señor AlbertoAbdelnour Granados, hermano de la doctora R.M.A.G.,Magistrada Suplente de la Sala Constitucional, se acuerda expresar el sentimiento de pesar de esta Corte a doña R.M., y a su estimable familia.

ARTÍCULO IV

Documento 9707, 10616-11

Expresa el P., M.M.: "En agendaviene el análisis del Proyecto de la Ley de Carrera Judicial. Yo les propondríaque pasáramos este tema al final de la sesión, y que continuáramos con la convocatoria para sacar los temas correspondientes a la sesión de hoy."

Se acordó: Tomar nota de las manifestaciones del P., M.M..

ARTÍCULO V

ENTRAN EL MAGISTRADO GONZÁLEZ, LA MAGISTRADA VARELA Y EL MAGISTRADO SUPLENTE J.A.G..

Documento 10452-2011

En sesiónNº 29-11 celebrada el 5 de setiembre último, artículo III, se tomó el acuerdo que en lo que interesa dice:

"[.]

En sesión Nº 12-11 del 9 de mayo de este año, artículo IV; sedesestimó la queja del señor E.A.H. contra el F. General,por lo que se le comunicó que le corresponde al F. General Adjunto velarporque la tramitación del asunto que dio cuenta se dé el debido proceso y sin interferencias indebidas por parte del F. General de la República.

En la verificada N° 25-11 efectuada el 1 de agosto recién pasado,artículo XXXIV, con vista en los escritos presentados por el señor A., en que reitera sus alegaciones sobre los mismos hechos planteadosanteriormente, se dispuso solicitar al F. General Adjunto del MinisterioPúblico, se sirviera rendir un informe a esta Corte, respecto al trámite que sele ha dado a los asuntos que dio cuenta el señor A.H., a cuyos efectos se le remitieron las diligencias respectivas.

En correo electrónico recibido el 16 de agosto último, el señor A.H. manifestó:

"Ha llegado a mi conocimiento que la corte Plena ha pedido estosdocumentos que compruebe mis alegatos sobre C.M., y actos ilegales de personas de OIJ y el Ministerio Público.

En cuanto es claro que este se dio, es también claro que este esviolatorio a derecho. Cuando hemos ventilado estos asuntos a la Sala IV, losfiscales han mentido sobre estos asuntos. V.E.. 10-11373-007-CO y 10-11374-007-CO.

Como tal, estamos también claro que la persona que fue designado ahacer los copias es una de los personas que yo tiene como imputado porObstrucción de Justicia. Por ende, no estamos seguros si la corte de nuevo fuemanipulada con otras falsedades. Como tal, recibe ahora los documentos referido a en este correo."

En oficio N° FGR-721-2011 de 29 de agosto recién pasado, ellicenciado C.M.J.V., F. Adjunto de la F.ía General de la República, rinde el informe requerido en los siguientes términos:

"Por medio de la presente las y los saludo de manera respetuosa y ala vez informo, en relación al acuerdo tomado en la sesión No. 25-11 del 1 deagosto, artículo XXXIV, en lo que respecta a las actuaciones del suscrito comoF. Adjunto II de la F.ía General de la República, en lo atinente a lasquejas presentadas por el Sr. E.A.H. y que fueron trasladas al suscrito mediante la sesión No. 12-11 del nueve de mayo de 2011, artículo IV.

Mediante apertura de número único (11-00012033PE), en la F.íaGeneral se abrió una investigación de los hechos puestos en conocimientomediante queja por parte del Sr. A.H., contra el Sr. J.G., como F. General de la República y R.G.F., F.C..

En la actualidad se encuentra en conocimiento aquella causa, por elJuzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública del Segundo Circuito Judicialde San José, por actividad procesal defectuosa presentada mediante prontodespacho y vía correo electrónico, por parte del Sr. A.H., confecha 10 de agosto, por la puesta en conocimiento de una solicitud de sobreseimiento definitivo solicitada por quien suscribe.

Causa que ha sido asignada para resolver por el juez penal, laprotesta de actividad procesal defectuosa desde hace ocho días hábiles, aún sin resolver o al menos sin notificar lo resuelto a esta representación.

De tal suerte, dejo rendido el presente informe, se menoscabo de ampliar de considerarse atinado por parte de Corte Plena."

Se acordó: 1.) Tomar nota del informerendido por el licenciado J.V. y con base en las razones expuestasordenar el archivo de las diligencias. 2.) Comunicar este acuerdo al señor E.A.H.."

En correo electrónico de 18 de octubre en curso, el señor E.A.H., manifestó:

"En seguimiento de mis quejas contra el F. General, queremos añadir estas cosas que no ha sido dirigido de la Corte:

En resolución N° 862-2011, la corte plena recibió un oficio deCarlos M.J., que dice que él ha buscado sobreseimiento definitivo.Este es claro fraude procesal de L.. J. por dos razones: elsobreseimiento definitivo solo se procede cuando el imputado ha sido indagadopor el delito y cuando los hechos compruebe que el imputado no ha realizado los delitos.

Sobre este, es claro que el delito ha ocurrido. La misma Corte Plenarecibiste la escritura testimonial de J.C.G., quien dice que élsabe sobre los desparecidos expedientes penales. Tenemos además llamadastelefónicas grabadas con personas en la F.ía General, como el co-imputado,R.G.F.A., tenemos correspondencia con J.A.T. y LenaWhite de la Contraloría de Servicios, que estaba rastreando los expedientes, ySr. T., en una llamada grabada tanto una correo electrónico dice que todolos indicios estaba que la F.ía General, sin dar trámite a los expedientes, mandó este a los personas implicado por delitos, cual trabaje en las oficinas en P..

Además, tenemos otra llamada con C.F. que dice este:'usted no puede poner una denuncia aquí'. - ¿Por qué no? 'El F. General yRicky G. ordenó esto'. - ¿Por qué no? 'Porque usted es un imputado'. -Yesto hace que yo no puede poner una denuncia cuando el fiscal en la causa está extorsionando a mi persona? 'Yo no vas a hablar más con usted, hable con su abogado'.

Sinceramente, que es obvio, es el fiscal C. es quien necesitaabogado, porque él en manera flagrante ha malentendido los fundamentales aspectos de la ley.

Otra llamada que tenemos, que a nuevo implique el F. General escuando yo llamo a la F.ía de Anti-corrupción, a donde una persona me dices que 'usted no puede poner una denuncia aquí'

-¿Por qué no? 'El F. General ha ordenado este' -El fiscalGeneral ha ordenado que yo no puede levantar una acusación penal contra elmismo? 'Sí' -Y este fue el fiscal general mismo que ordenó este? "Sí" -Y este orden existe en escrito? "Supongo que sí".

No obstante estas evidencias materiales, el F. Adjunto solicitósobreseimiento definitivo en una resolución, que fue tan mal hecho, sin númerode expediente, sin firma, sin absolutamente nada. Es claro que él intentohacer, es corrupción; contra con qué jueces vas a hacer el F. General una favor.

Sin embargo, el F. General fue llamado a una vista, concomparecencia obligatoria. El F. General ni el F. Adjunto comparecieron, sin tener excusa válida ni ofrecida.

Actualmente, existe una solicitud en el Juzgado Penal del SegundoCircuito para declaratoria de Rebeldía de J.C.G., y con solicitud de Prisión Preventiva.

El último, ustedes ahora están preguntando por qué. Tenemos másevidencias ahora contra el F. General, a donde él en los últimos meses,después de saber que yo ha imputado el por delito, ha hecho más actividaddelictiva en mi contra. Una de tales personas es una F.a Coordinadora deuna grande fiscalía, que ha dicho que la F.ía General habido ordenado ella de hacer cosas en mi contra (en expedientes a donde yosoy el querellante y víctima). Ella dice en mi entrevista con ella que 'no esnecesariamente mi decisión, ni mi voluntad, pero si yo no hace como ellos ha ordenado, yo pierde mi trabajo'.

En otro caso, F.N.R., rehusó de poner un número deexpediente en un caso de Falso testimonio, contra J.J.J.G.. El delito estaba comprobado, a donde J.G. habido mandado unatestimonio a la Sala Constitucional, que es claramente falso comprobado vía unexpediente penal, vía un vídeo y vía testimonio de una Defensora Pública, A.R.. Sobre esta actuación, L.. Rojas se defendió con la excusade "El F. General me ordenó". Por este ende, es claro que el F.General, exacto como él lo ha hecho con R.A., ha influenciado procesos, este vez solo más clandestino e ilegal, como es la obstrucción de justicia.

Ahora bien, respire profundo, y realiza que el juego es acabo. Todasestas llamadas, las grabaciones ahora bien son en manos de abogados,periodistas y otras personas. La carrera de J.C. es terminado. C. quiere hacerlo, es bien ahora su decisión ahora en la Corte...

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