Acta nº 35-2011 de Corte Plena, 31 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2011
EmisorCorte Plena

N° 35-2011

Sesiónextraordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas del treinta y uno deoctubre del dos mil once, con la asistencia inicial de los Magistrados Mora,P.; S., León, A., V., V., V., C., R.,A., A., J., C. y los Suplentes M.F.G. yJoséP.H.G.; el primero sustituyendo al M.R.,a quien se concedió permiso con goce de salario para otras actividades del cargo y el segundo en lugar de la Magistrada Calzada por vacaciones.

Se deja constancia que la Magistrada P. no asistió a esta sesión por motivos de salud.

ARTÍCULO I

ENTRAN LOS DOCTORES G.P.V., J.R.L.D.Y.J.L.G., INTEGRANTES DE LA COMISIÓN REDACTORA DEL PROYECTO DE CÓDIGO PROCESAL CIVIL.

Documento 10761-11

Conformese dispuso en la sesión N° 30-11 celebrada el 12 de setiembre del año en curso,artículo III, se somete a consideración el correo electrónico recibido el 24 deoctubre en curso, suscrito por los doctores G.P.V., J.R.L.D. y J.L.G., en su condición de Integrantes de la Comisión Redactora del Proyecto de Código Procesal Civil, mediante el cual, remiten laversión final del citado código, con las modificaciones, quedando de la siguiente manera:

"CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PROYECTO DE CÓDIGO PROCESAL CIVIL

COMISIÓN REVISORA

A.L.F.O.A.G.G.R.L.S.A.B.

COMISIÓN REDACTORA

G.P.V.R.L.D.A.L.G.S.J., Costa Rica

Setiembre de 2011

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Este cuerpo normativo esexpresión de la necesidad de reformar la justicia civil costarricense ymanifestación de cumplimiento de lo que ordena nuestra Constitución Política,en cuanto exige a los poderes públicos brindar a los ciudadanos una justiciapronta y cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes. Conconciencia de esa necesidad y de ese deber, en abril de 1998 la Corte Suprema de Justicia[1] encargóal exmagistrado R.Z.Z., la elaboración de un esquemaconceptual que sirviera para sustentar un anteproyecto de oralidad en los procesos civiles, laborales, de familia y agrarios.

En diciembre de 1998, en la Sesión de Corte Plena No. 34, los Doctores R.Z.Z. y O.A.S. un borrador para que sirviera de base a un anteproyecto. Comoimpulso a esas ideas reformadoras, en 1999 se realiza el que se denominó "Taller sobre Modernización del Proceso Civil", organizado por la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, la Corte Suprema de Justicia y la Escuela Judicial.

En marzo delaño 2000, la Comisión de Oralidad, integrada por el entonces magistrado RicardoZeledón Zeledón y el abogado litigante S.A.B., entregó unaversión preliminar de un anteproyecto de Código Procesal General.[2] Era solo una parte porque todavía faltaban algunas correccionesal libro segundo referido a los procesos concursales. En esa oportunidadtampoco se entregó el libro tercero denominado "Jurisdicciones especializadas", porque la Comisión de Familia trabajaba en el texto definitivode esa área y la Comisión Laboral debía entregar las reformas al Código deTrabajo. Faltaban además todas las normas derogatorias y de reformasnecesarias. Se dijo, que esa versión preliminar de Código Procesal General sepresentaba, con la finalidad de continuar recibiendo observaciones de lacomunidad jurídica costarricense, con la idea de llevar a la Asamblea Legislativa un cuerpo normativo muy bien pensado y de alto contenido técnico yjurídico.[3]

En Julio de 2002, salea la luz otra versión de Código Procesal General. En la emisión de esta nuevapropuesta participaron dos comisiones: una redactora, integrada por losexmagistrados R.Z.Z. y D.R.M.T., así comopor el abogado litigante S.A.B.. La otra comisión, larevisora, estuvo integrada por los M.O.A.G., RodrigoMontenegro Trejos y R.Z.Z.. Esta versión más elaborada, igualque la versión preliminar propone la introducción de la oralidad a los procesosciviles, agrarios y de familia y se contemplan institutos novedosos en nuestralegislación, entre los que merece destacar la demanda improponible y la tutelade intereses supraindividuales (colectivos, difusos e individuales homogéneos).Dicho proyecto fue objeto de estudio por Corte plena. Como consecuencia de eseanálisis se hicieron muchas observaciones, que fueron determinantes en la laborque realizó la última de las comisiones redactoras. Ese proyecto fue presentado a la Asamblea Legislativa y adoptó el expediente número 15979.

Entre finales de 2002 y principios de 2003, lajurisdicción laboral tomó la decisión de separarse de la propuesta de un CódigoProcesal General y se inició la redacción de un proyecto para esa materia, elque finalmente fue presentado a la Asamblea Legislativa.[4]

A mediados del año 2003, la Corte Suprema de Justicia a instancia del presidente de la Corte L.P.M.M. y del magistrado L.G.R.L. tomó la decisiónde designar una nueva comisión revisora del Proyecto de Código ProcesalGeneral. Esta vez la integró con los jueces doctores J.R.L.D., G.P.V. y J.L.G.. Se pretendía que en un corto plazo[5]se incorporaran todas las observaciones que a dicho proyecto se le habíanrealizado en Corte Plena.Dicha Comisión determinó que era necesaria una revisión exhaustiva y detallada para buscararmonía y coincidencia en toda la normativa. De ello se elaboraron documentosque se pusieron a disposición de quienes tuvieran interés y se envió por correoelectrónico a muchos estudiantes de derecho, abogados, jueces, magistrados ypersonas interesadas. Como consecuencia, se recibieron muchas observaciones que fueron tomadas en consideración.

En diciembre de 2004, la Comisión Redactora entregó al señor Presidente de la Corte Dr. L.P.M.M. una nueva versión del Proyecto de Código Procesal General.

En el año 2005la Comisión Redactora integrada por los Doctores León, Parajeles y L.,entregó otra versión del Proyecto de Código Procesal General. La mismacontenía un libro dedicado a la materia de familia y otro dedicado a lasmaterias agraria y ambiental. En virtud de que dichas jurisdiccionesdecidieron elaborar un Código para cada una de ellas, se tomó la decisión deabandonar la idea de un Código Procesal General y a partir de ese momento secomenzó a trabajar en un Proyecto de Código Procesal Civil. Así surgió laversión setiembre de 2006 ahora denominada "Proyecto de Código Procesal Civil", que fue presentado y expuesto por la Comisión Redactora a la Corte Suprema de Justicia en Sesión del 21 de abril de 2008.

Ese proyecto fue presentado a la Asamblea Legislativa y el 21 de setiembre de 2010 la Comisión de Asuntos Jurídicos lo aprueba y lo adopta como texto sustitutivo del Proyecto de Código Procesal General, ocupando el mismo número de expediente. Se publicó en la Gaceta No. 227 del 23 de noviembre de 2010. Además se consultó a la Cátedra de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Costa Rica, al Colegio de Abogados, a la Asociación Costarricense de la Judicatura y a la Corte Suprema de Justicia.

Como consecuencia de esa consulta, en febrero de 2011 la Corte Suprema de Justicia decidió que antes de rendir su informe se le diera una nuevarevisión al proyecto. Durante un mes la Comisión redactora trabajó en él. En ese plazo se introdujeron mejoras, propiciadas por observaciones surgidas de lasuniversidades y del Colegio de Abogados, se ajustó la normativa a la estructurajurisdiccional prevista y se terminó de redactar lo correspondiente aderogatorias, reformas y normas transitorias. Esa versión, de abril de 2011,fue entregada a una Comisión Revisora integrada por los magistrados A.L.F., L.G.R.L., O.A.G. y el abogado litigante S.A.B..

Todo lo expuesto evidencia, que este Código no esfruto de la improvisación, al contrario, es producto de muchos años de estudioy análisis por parte de innumerables personas. Pretende constituirse en larespuesta al anhelo y a la necesidad de una justicia civil moderna y efectiva,con plenitud de garantías procesales. Procura ser el instrumento que propicieuna respuesta judicial pronta, porque ni siquiera la naturaleza de las materiascivil y mercantil justifica la resolución de los conflictos en tiempos irrazonables.

La calidad de la justicia es el norte, y ese caminocomienza acercándola al ciudadano. La inspiración se encuentra, en el interésde quienes requieren el servicio de justicia, buscando una correlación armónica entre facilitar el acceso y una pronta y adecuada respuesta.

En un mundo globalizado, no esrazonable dejar de tomar en consideración las tendencias de reformauniversalmente consideradas más reconocidas, ni es conveniente cerrar los ojosa las experiencias positivas y negativas que se han tenido en procesos dereforma nacionales y extranjeras. No obstante, no se adopta como método laimportación inconexa de legislación foránea, porque ello tendría como productola ausencia de modelo y un sistema procesal incoherente. Hacerlo sería un graveerror; implicaría desconocer la historia, concretamente, los resultadosnegativos que han tenido los trasplantes de institutos jurídicos pertenecientesa modelos jurídicos y culturales extraños. Esas ideas inspiraron al nuevoCódigo. No hay razón para ocultar u omitir, que para la redacción o adecuaciónde la normativa sirvieron de ayuda varias legislaciones modernas y proyectos dereforma. Fundamentalmente: El Código Procesal Modelo para Iberoamérica; el CódigoModelo de Procesos Colectivos para Iberoamérica, el Código General del Procesode Uruguay, la Ley de Enjuiciamiento Civil de España 1/2000, el Código deProceso de Brasil, el Código Procesal Civil Alemán, el proyecto de CódigoProcesal Civil de El Salvador; el proyecto de Código Procesal Civil deHonduras, el proyecto de Código Laboral y la doctrina que comenta toda esanormativa. Muchas de las novedosas soluciones que se encontraron, se adaptarona nuestro entorno jurídico cultural. También hay que reconocer que se estudióy se adoptaron soluciones que planteaba el que en ese momento era el proyectode código procesal contencioso administrativo y que la experiencia que en esamateria se ha tenido con la aplicación del que ya es un código, ha inspiradoalgunos cambios. Este cuerpo legal no desconoce el incalculable...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR