Acta nº 2360-1223 de Consejo Superior, 8 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2012
EmisorConsejo Superior

Nº 23-12

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J.,a las ocho horas del ocho de marzo del dos mil doce.

Sesión ordinaria con asistenciadel Presidente, M.M., de la licenciada M.C.A., ladoctora L.C.C., del licenciado A.L.M.A. y laintegrante suplente, licenciada D.M.M., en sustitución dellicenciado M.M.A., por permiso con goce de salario. Asiste también el D. Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 2306-12

Se aprueba el acta N° 17-12 de la sesión celebrada 23 de febrero del año en curso.

Lalicenciada D.M. se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en la citada sesión.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO Nº 2360-12

En razón del sentido fallecimiento de laseñoraM. E.A.H., madre de lalicenciada M.A.A., Defensora Pública del Primer C.uito J.icialde S.J., se acuerda expresar a doña M. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO III

Documento N° 2204-2012

El licenciado W.K., J. interino del Departamento de Proveeduría, en oficio N° 0576-DP/15-12 de 28 de febrero del año en curso, presentó la siguiente gestión:

"En referencia a la L.itación A. 2011LA-000089-PROV, denominada "Compra de cuatroelevadores móviles tipo oruga para cumplir con la Ley 7600", remitimos a usted la documentación adjunta, para que sea sometida aconocimiento del Consejo Superior, a efecto de que tomen el acuerdo que consideren conveniente.

En este sentido, es importanteindicar que el plazo dispuesto en la cláusula 3.2.18 del aparte condicionesgenerales del cartel para resolver esta contratación quedó definido inicialmente para el día 16 de febrero del año en curso.

En este sentido, dado que el Departamento de ServiciosGenerales no se había referido a la razonabilidad de los precios ofertados deconformidad con el artículo 30 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, condición que consumió los plazos establecidos en elcronograma, mediante resolución No. 13-2012 de las catorce horas dieciséis defebrero de dos mil doce, se resolvió ampliar el plazo para adjudicar estalicitación en treinta y ocho días hábiles más, conforme a la reforma parcial dela L.N.° 7494, Contratación Administrativa, publica en la Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009, en consecuencia el plazo para adjudicar vencería el 27 de marzo de 2012.

Al tenor de los artículos 78, siguientes y concordantes delReglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el pliego de condiciones yde acuerdo con los documentos aportados y los que conserva esta Proveeduría, se determinó que:

Ofertas recibidas en el presente concurso:

Para este concurso se recibieron cuatro ofertas correspondientes a:

No. 1: C. de Costa Rica, S.A. , cédula jurídica 3-101-214532.

No. 2: V.I.A.H., S. , cédula jurídica 3-101-286812.

No. 3: Sistemas de Accesibilidad Total, S. , cédula jurídica 3-101-535368.

No. 4: Casa Confort, S. , cédula jurídica No. 3-101-011664.

Estudio de las ofertas:

Mediante el oficio No. 9409-DP/15-11 de 14 de diciembre de 2011, se solicitó a la Sección de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva, el estudio legal de las ofertas recibidas, en los siguientes términos:

"A efecto de que se proceda con el estudio legal de las ofertas recibidas en la L.itación A. Nº 2011LA-000089-PROV, denominada "Compra de 4 elevadores móviles tipo oruga para cumplir Ley 7600", adjunto el correspondiente expediente administrativo.

Asimismo, sin perjuicio del estudio que se realice porparte de ese Despacho, en donde se determine tanto la admisibilidad de laoferta como cuales defectos u omisiones son subsanables, producto de larevisión inicial de los documentos aportados, esta Proveeduría ha advertido lo siguiente:

N° 1:C. de Costa Rica, S.A., cédula jurídica N° 3-101-214532.

1.No detalla el tipo deinstalaciones físicas con que cuenta el oferente para prestar los servicios dereparación de los equipos ofertados, de conformidad con la cláusula 1.3del apartado de garantía técnica.

2. No presenta la copia de la cédula de identidad de la persona que suscribe la plica.

3. No aporta la declaración jurada de encontrarse al día con los impuestos municipales.

4. No indica el plazo de entrega de los equipos,máximo admisible de 40 días hábiles, pero en la cláusula 6.2 "ENTREGA DEL OBJETO CONTRACTUAL", se indica: "así se indicará en caso de omisión".

5. En cuanto al sistema de evaluación, no aportacartas de referencia que permita corroborar los años de experiencia en lacomercialización de equipo similar al ofertado, únicamente aporta un listado deproyectos realizados, pero en la misma no se observan ventas de equipossimilares al ofertado, este listado corresponde a proyectos en donde serealizaron instalaciones de ascensores incluida la obra gris, por lo que en este apartado no obtendría puntaje alguno.

N° 2: V.I.A.H., S. , cédula jurídica 3-101-286812.

1. No detalla el tipo de instalacionesfísicas con que cuenta el oferente para prestar los servicios de reparación delos equipos ofertados, de conformidad con la cláusula 1.3del apartado de garantía técnica.

2. No aporta cartas dereferencia que permita corroborar los años de experiencia en lacomercialización de equipos similares al ofertado, por lo que en este apartado no obtendría puntaje alguno, ya que no está haciendo referencia a venta alguna.

N° 3:Sistemas de AccesibilidadTotal, S., cédula jurídica 3-101-535368.

1. Presenta fotocopia donde seobserva que esta oferente es representante de la marca ofertada, pero la mismano cumple los requerimientos cartelarios de ser documento original o copiacertificada por notario público, además de que no se observa la fecha de emisión de la misma.

2. No detalla el tipo de instalacionesfísicas con que cuenta el oferente para prestar los servicios de reparación delos equipos ofertados, de conformidad con la cláusula 1.3del apartado de garantía técnica.

3. No aporta la declaración jurada de encontrarse al día con los impuestos municipales.

4. No presenta la declaración jurada no se encuentran afectos por las incompatibilidades que indica el artículo 18 de la Ley 8422 "Ley Contra la corrupción y el E.cimiento Ilícito en la Función Pública".

5. No aporta la declaración jurada donde manifiesteque no ha sido inhabilitado para contratar con el Sector Público, de conformidad con los artículos 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa.

6. No presenta documento idóneo de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf), en el que seacredite que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones con el Fondo deDesarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), conforme lo estipulado en el artículo 22 de la Ley 5662.

7. Transcribe la cláusula en donde se indica ellugar de entrega de los equipos, pero no hace una manifestación tácita (sic) sobre el lugar de entrega de los mismos.

8. En cuanto a los años de experiencia en lacomercialización de equipos similares a los ofertados, presenta 2 cartas dereferencia, pero las mismas no indican las fechas en las cuales se realizaronlas ventas, además de que como en la carta del fabricante, igualmente, no seobserva desde cuando se encuentra autorizadas para comercializar los equipos, no es posible determinar los años de experiencia.

No. 4:Casa Confort, S. , cédula jurídica No. 3-101-011664.

1. Esta oferta se recibió en forma extemporánea, por lo que por economía procesal no se entro a analizar la misma.

Estudio legal:

Mediante oficio No. 3512-DE/AL-2011, recibido el 23 dediciembre último, el licenciado J.C.O.Q., Asesor Jurídico, conel visto bueno de la licenciada A.P.Á.M., J. de la Sección de Asesora Legal y del licenciado A.J.L., D. Ejecutivo, al referirse al estudio legal de las ofertas, señaló:

"Me refiero al oficio N° 9409-DP/15-11 de 14 de diciembredel año en curso, suscrito por la licenciada N.F.A., J. delSubproceso de L.itaciones de ese Departamento, requiriendo el análisis legalde las cuatro ofertas presentadas en la L.itación A. N° 2011LA-000089-PROV, cuyo objeto es la "Compra de cuatro elevadores móviles tipo oruga para cumplir con la Ley 7600".

OFERTA Nº 1.-

C. de Costa Rica S.A.:

En cuanto al punto 1, por tratarse de informacióncomplementaria, que además no genera ventaja alguna y no es tomada en cuentapara evaluación o desempate de la oferta, al amparo de lo establecido en elartículo 81 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se debe prevenir que se aporte la información concerniente al tipo de instalaciones físicas para atender las reparaciones de los equipos.

En atención a lo indicado en el punto 2, la omisión en lapresentación de copia de la cédula de identidad, puede ser subsanada medianteprevención conforme lo permite el artículo 81 inciso a) del Reglamento indicadoanteriormente, o en su defecto, incorporar una copia de la documentaciónvigente que se encuentre en el Registro de Proveedores. En todo caso, conformelo establece la cláusula 3.1.2 a), también es posible requerir este documentosólo en caso de que la oferente resulte adjudicataria, ya que de momento se presume la capacidad de actuar de quien firma la plica.

Respecto al punto 3, siendo que no se rindió la declaraciónjurada de estar al día con el pago de impuestos municipales, deberá prevenirse su presentación conforme lo permite el artículo 81 inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

En cuanto al punto 4, si bien es cierto la empresa noindicó el plazo de entrega, estima esta Asesoría que se debe entender quecumple con el plazo máximo admisible, ya que, como bien lo apunta eseDepartamento, la cláusula 6.2 estableció que "El plazo máximo admisibleserá de 40 días hábiles para la entrega de los equipos, así se entenderá encaso de omisión." (el destacado no corresponde al original).Adicionalmente, la oferta indica a folio 125 que se aceptan las condiciones y...

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