Acta nº 6948-1269 de Consejo Superior, 28 de Junio de 2012

Fecha de Resolución28 de Junio de 2012
EmisorConsejo Superior

Nº62-11

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.

Sesión ordinaria con asistencia del Presidente,M.M., la licenciada M.C.A., la doctora L.C.C., los licenciados M.M.A., A.L.M.A.. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

DOCUMENTO Nº 6948-12

Se aprueba el acta N° 58-12 de la sesión celebrada 14 de junio del año en curso.

El Presidente, M.M. se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en la citada sesión.

ARTÍCULO II

Documento N° 6827-2012

Ante el sentido fallecimiento de la señoraJuana M.B.C., abuela paterna de la ingeniera A.B., Profesional de la Oficina de Salud Ocupacional del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a doña A. y a su estimable familia.

ARTÍCULO III

DOCUMENTO Nº 6860-12

Con motivo del sentido fallecimiento de laseñora S.C.C., hermana de la licenciada V.C.C.,Jueza del Juzgado Penal de H., se acuerda expresar a doña V. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

DOCUMENTO Nº 6861-12

En razón del sentido fallecimiento de laseñora S.C.C., madre del licenciado M.Á.O., Coordinador de la Unidad de Riesgos del Departamento FinancieroContable, se acuerda expresar a don M. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO V

Documento N° 5648, 6851-2012

En sesión N° 55-12 celebrada el 5 de junio encurso, artículo LVI, se conoció la nota suscrita por el máster C.M., J.C. delJ. Especializado de Cobro del SegundoCircuito Judicial de San José, en la que solicitó la prórroga de las plazas N°s43776, 43782, 113624, 38641,42983, 43795, 113623, 20192, 20208 y 43802, a fin de que continuaran con el apoyo a los proyectos a nivel interno del despacho y a nivel institucional porparte de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a la creación de los JuzgadosEspecializados de Cobro, a esos efectos este Consejo denegó la solicitud delmáster M.A., debido a las limitaciones presupuestarias, además conformese le señaló en la sesión N° 15-12 del 21 de febrero anterior, artículo LI,dichas plazas no serían prorrogadas más allá del 29 de junio en curso.

En relación con lo anterior, el máster C.A., en su citada condición, en nota recibida el 21 de junio en curso, presentó el siguiente recurso de reconsideración:

". con relaciónal acuerdo del Consejo Superior según sesión 55-12 celebrada el 5 de junio del año en curso, artículo LVI, con base en lo siguiente:

Si bien somos concientes de las limitacionespresupuestarias y además se tenía claro el hecho de que mediante sesión número15-12 del 21 de febrero anterior, artículo LI, las plazas asignadas al Juzgadoen sesión 98-10 de las nueve horas del cuatro de noviembre del año dos mildiez, no serían prorrogadas más allá del presente mes de junio, es deimportancia para la buena marcha del Despacho el mantener las mismas puesademás de que se ha maximizado y distribuido el recurso en el Despacho enáreas importantes, tal y como se señaló en la última solicitud de prórroga, deacuerdo a reunión sostenida con los honorables miembros del Consejo Superior,se expuso ampliamente la situación actual que vive el Despacho, manejando uncirculante impresionante de expedientes tanto físicos como electrónicos (15.981expedientes físicos y 84.989 expedientes electrónicos al 30 de mayo 2012), losproblemas de sistema que hemos tenido y que nos han provocado atrasosimportantes en el proveído de expedientes, siendo uno de ellos el hecho dehaber estado a principios de año durante prácticamente mes y medio conproblemas de sistema, todos los días por un cambio de servidor que no permitiósacar la totalidad del trabajo programado para ese período, aunado a la grancantidad de incapacidades que hemos sufrido, para ser exactos 865 porenfermedad y 155 por maternidad al mes de mayo del año en curso, de las cualesla mayoría de éstas no se han podido sustituir el personal, debido a queocupan plazas extraordinarias y otras en razón de que se trata de incapacidadesde uno a cinco días, lo que no permite suplir tampoco al personal, dando altraste con el planeamiento de trabajo que día a día llevamos a cabo, pues encuanto a éste tema, se trata de todas las semanas que ocurren, sumando ademásel atraso en el trámite de demandas nuevas monitorias, que ronda los seismeses, que desde que asumí la Coordinación en enero de éste año se venía manejando y no hemos podido reducir el tiempo de respuesta. Todo lo anterior, entreotros aspectos, si bien se tiene claro que manteniendo el personal aquísolicitado, no va a solucionar la problemática existente en el Despacho, elcual ya está trabajando en planes emergentes e incluso a nivel de jueces seestá integrando una comisión para trabajar en proyectos de mediano y largoplazo para buscar soluciones, el hecho de perder estas plazas agravaría aún másnuestra situación, por lo que concientes de ello, es que muy respetuosamentesolicito reconsiderar el acuerdo tomado y prorrogar de ser posible hastadiciembre de este año las citadas plazas."

Manifiesta la Integrante L.C.C. que se atendió a los servidores del citado despacho sobreel perjuicio que tendrían si no se prorrogaban esas plazas, lo cual se lesindica que deberán establecer un plan de trabajo que les permita visualizar un impacto en las labores que desempeñen.

Se acordó: 1. ) Tener por hechaslas manifestaciones de la Integrante C.C.. 2.) Acoger el recurso dereconsideración interpuesto por el licenciado C.M.A., J.C. delJuzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, en consecuencia: De conformidad con lo que estableceel artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prorrogar a partir del 1 de julio y hasta el últimodía laboral del año en curso, los permisos con goce de salario y sustituciónconcedidos a los siguientes números de puesto: 43776, 43782, 113624, 38641, 42983, 43795, 113623, 20192, 20208 y 43802,para que continúen con el apoyo a los proyectos a nivel interno del despacho ya nivel institucional en cuanto a la creación de los Juzgados Especializados deCobro. 3.) Solicitar al Departamento de Planificación que indique a esteConsejo cuáles plazas pueden permanecer para el 2013 en ese despacho. 4.)Requerir informe a la máster K.M.N., Jefa del Área deInformática de Gestión del Segundo Circuito Judicial de San José sobre losproblemas de sistema que se han presentado en el citado Juzgado. 5.)Trasladar a la Comisión Institucional de Incapacidades la situación que exponeel licenciado M.A. conrespecto a las múltiples incapacidades del personal de ese despacho e informe a este Consejo.

Los Departamentos de Personal y de Planificación, tomarán nota para los fines consiguientes.

ARTÍCULO VI

DOCUMENTO N° 4798-12, 6792-12

En nota recibida el 21 de junio en curso,el licenciado A.Q., Juez Penal de A. y Parrita, presentó la siguiente gestión:

".con el debido respeto me presento ante su Autoridad ainterponer recurso de revocatoria en contradel acuerdo número 4803-12, tomado en la sesión número 45-12, del 8 de mayo del2012, que ordena en el punto 3) "Con base en la comunicación hecha por lamáster C.T., deberá el Consejo de la Judicatura excluir al Licenciado H.Q. del escalafón respectivo", con base en las siguientes consideraciones:

-El acuerdo impugnado se fundamenta en la nota oficiosa númeroADPb-3321-2012, del 4 de mayo de este año, suscrita por la Licenciada G.C.O., Procuradora del Área de Derecho Público, de la Procuraduría General de la República, dirigida al señor A.J.L., DirectorEjecutivo del Poder Judicial, que en lo que interesaindica: "en certificación de la Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada, el día de hoy, se hace constar que encuentra en trámite pendiente de resoluciónfinal del expediente número 10-00068-621-PE que se sigue contra A.H. Quesada por el delito de prevaricato".

-Ahora bien, según demuestro con documentación que aporto alpresente recurso, en su oportunidad el máster M.N.C., FiscalCoordinador de la Unidad Especializada de Fraudes del Ministerio Público,convencido de mi inocencia por los hechos que me venía atribuyendoconstitutivos de Falsedad Ideológica y Prevaricato, solicito al Juzgado Penalde Hacienda y de la Función Pública, del II Circuito Judicial de San José, que dictara Sobreseimiento Definitivo a mi favor por cada uno de ellos. A tal efecto, en forma separada, fundamento adecuadamente dicha solicitud.

-En lo referente a la causa identificada con el número10-00068-621-PE, que es la investigación por prevaricato, al solicitar elsobreseimiento a mi favor señala el F.N.C.: "En lo que respectaal supuesto delito de prevaricato, consideramos, que del análisis de loselementos probatorios, no se logra extraer que las actuaciones del denunciadoANDRÉS H.Q. sean constitutivas de dicho ilícito. Para arribar aesa conclusión es necesario hacer un breve análisis del delito de prevaricato, el cual de conformidad con el artículo 350 del Código Penal señala:

"Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial oadministrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos (.)".

Partiendo del tipo base indicado, se tiene que el encausado ANDRÉSHERNÁNDEZ QUESADA se le ha venido atribuyendo dos elementos objetivos contenidos en la norma por lo que se hará un análisis de cada extremo.

En primer término, se indica que el señor H.Q., enflagrante violación a lo consignado en el artículo 48 del Código ProcesalPenal, a sabiendas de las resoluciones que dictare después de haberse declaradoincompetente, entró a conocer de la solicitud de prórroga de medida cautelar de prisión preventiva que se presentó en esa causa.

Si bien es cierto, es posible tener por acreditado que el aquíencauzado A.M.H.Q. en su calidad de Juez Penal de la República, mediante resolución de las ocho horas y treinta minutos del veintitrés...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR