Acta nº 18-2013 de Corte Plena, 29 de Abril de 2013

Fecha de Resolución29 de Abril de 2013
EmisorCorte Plena

N° 18-2013

Sesiónextraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas cincuenta y cincominutos del veintinueve de abril del dos mil trece, con la asistencia inicialde la M.V., P. en ejercicio; de las M. y losMagistrados R., León, G., E., A., V., V., C.,R., A., P., C., A., Calzada, A., C., Rueda ylos S.J.L.G. y A.P.S., el primero ensustitución del Magistrado S., por vacaciones y la siguiente ocupando la plaza vacante de la S. Constitucional.

ARTÍCULO I

Documento 4845-2013

P. esta la primera ocasión en que el doctor J.L.G. integra estaCorte como Magistrado suplente, la P. en ejercicio, M.V., le expresa: "Seausted bienvenido a esta Corte. Para mí es de mucho agrado y sé que también loes para las demás compañeras y compañeros de la Corte, contar con la presencia del doctor J.L.G. como Magistrado Suplente de la S. Primera. D.J. es un juez de trayectoria, una persona colaboradora con lainstitución, ha participado muy activamente en los proyectos de reformaprocesal civil, ha multiplicado sus aportes, conocimientos y estudios de loscuales esta Corte ha tenido gran interés y nos sentimos realmente muy satisfechos y satisfechas de que esté hoy con nosotros.

P.d.M.L., que suaporte será siempre escuchado y bienvenido, respetamos su trayectoria yesperamos sus esfuerzos para sacar a esta Corte adelante; por lo que estamos realmente contentos y contentas."

Refiere el M.L.G.: "En primer lugaragradecerle a los Magistrados de la S. Primera que me hicieron el honor de proponerme, también a esta Corte Plena que tuvo abien recomendar mi nombre a la Asamblea Legislativa y decirles que mientras tenga la posibilidad de estar aquí, estoy a las órdenes y pondré mi mayor esfuerzoen que el Poder Judicial siga creciendo y sea la institución que este país se merece".

ARTÍCULO II

Documento 4846-2013

Se aprobó el acta de la sesión celebrada el 8 de abril en curso, N° 14-2013.

ElMagistrado S.L.G. se abstuvo de votar por no haber asistido a esa sesión.

ARTÍCULO III

Documento 3971, 4217-2013

El Consejo Superior en sesión N° 38-13celebrada el 18 de abril en curso, artículo II, dispuso hacer del conocimientode la Corte Plena lo resuelto en esa oportunidad, en que se aprobó la Modificación Externa N° 04-2013 por Decreto Ejecutivo, la cual se remitió a la Dirección de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para el trámite correspondiente.

En esa ocasión se conoció el oficio N°0308-P-2013, suscrito por la licenciada N.V.B., J. del Departamento Financiero Contable, que en lo conducente dice:

"En forma atenta, me permito remitir la Modificación Externa No. 04-2013 por Decreto Ejecutivo, mediante la cual se trasladanrecursos económicos en diferentes los programas por la suma total de¢1.428.547.620.00 distribuidos en los programas de la siguiente forma: 926-13"Dirección Administración y Otros" ¢422.782.849.00, 927-13 "ServicioJurisdiccional" ¢384.591.364.00, 928-13 "Organismo de Investigación Judicial"¢383.548.866.00, 929 "Ministerio Público" ¢85.336.401.00, 930 "Defensa 0Pública"¢1.200.000.00, 932 " Justicia de Tránsito" ¢3.000.000.00 y 950-13 " Servicio de Atención de Víctimas y Testigos " por ¢148.088.140.00.

Lo anterior según lo solicitado porlos diferentes encargados de centros gestores, con base en nuevos requerimientosen la ejecución del presupuesto. Se incluyen recursos tramitados en algunassubpartidas con el propósito de solventar las rebajas producto de la atenciónde los sobregiros de los compromisos no devengados, así como el reforzamientode la subpartida 60301 " Prestaciones Legales" para atender el pago de esederecho laboral y el reforzamiento del rubro de inventario como la compra decombustibles por la necesidad de los recursos y la continuación de losproyectos de construcción en general del Poder Judicial, como el proyecto deSistema de Parasoles y Sistema de Extracción e Inyección de Aire en los Tribunales de Alajuela.

Cabe indicar, que con esta modificación al presupuesto ordinario no seimpactan los objetivos estratégicos contemplados en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario, título 301 "Poder Judicial", debido a que suobjetivo es destinar recursos a gastos urgentes que surgen en la ejecución del presupuesto y que concuerda con la razón de ser de este Poder de la República.

[.]"

Se acordó: Tomar nota de lo resuelto por el Consejo Superior. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO IV

Documento 3833-2013

El Consejo Superior en sesión N° 36-13celebrada el 16 de abril en curso, artículo XLIII, tomó el acuerdo que literalmente dice:

"Mediante oficio Nº 2917-DE-2013 del 5 de abril de 2013el licenciado A.J.L., Director Ejecutivo, remitió el oficio Nº238-GDC-2013 de 1 de abril encurso, suscrito por lalicenciada N.V.B., J. del Departamentode Financiero Contable, donde expone los resultados obtenidos en las conciliaciones de la cartera deinversiones del Poder Judicial y del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial del mes de febrero de 2013, que literalmente dice:

"Este Macro Proceso realizó la conciliación detítulos valores del Poder Judicial (Contaduría Judicial, Fondo de SocorroMutuo, Fondo de Emergencias e Ingresos sobre Cuentas Corrientes Judiciales) ydel Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, correspondiente almes de febrero de 2013, obteniendo en términos generales resultados satisfactorios con las siguientes observaciones:

·Información BCR-F.,

Se remite informe Nº 233-GDC-2013, del 01 de abril de 2013, donde se pudodeterminar que no presenta ninguna diferencia económica sin embargo se solicita corregir un número de título mal consignado y la tasa de interés.

·Custodia de Valores Banco de Costa Rica BCR:

Se remite el informe de conciliación con oficio Nº 234-GCD-2013 del 01 deabril de 2013, en el cual no presenta diferencias monetarias, pero se solicitaexcluir del estado de cuenta cupones con fechas de vencimiento anteriores a la fecha de corte.

·Información suministrada por la Agencia del Banco Nacional de Costa Rica Avenida 10 en cuanto a los Certificados Desmaterializados:

El oficio Nº 235-GDC-2013 de fecha 01 de abril de 2013, donde se pudo determinar que no presenta ninguna diferencia.

·Información suministrada por la Agencia del Banco de Costa Rica la Corte (BCR-Corte), en cuanto a los Certificados Desmaterializados

Mediante oficio Nº 236-GDC-2013, de fecha 01 de abril de 2013, se remite informe de conciliación de las inversiones de este Poder de la República, en el cual se indica que no presentaron diferencias.

·Información suministrada porel Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en cuanto a los Certificados Desmaterializados

Mediante oficio Nº 237-GDC-2013, de fecha 01 de abril de 2013, se remiteinforme de conciliación en el cual se indican algunas diferencias presentadasen los números de los títulos y la solicitud de realizar las correcciones respectivas.

Adjunto oficios referidos en este informe."

Se acordó: Tomar nota de la comunicaciónanterior y hacerla de conocimiento de la Corte Plena, de la Auditoría y a la Comisión Coordinadora de Organizaciones del Poder Judicial. Se declara este acuerdo firme."

Se dispuso: Tomar nota de lo resuelto por el Consejo Superior. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO V

Documento 499-13, 1364-13, 3469-13

En la sesión Nº 44-12 celebrada el 17 de diciembre de 2012, artículo XXI, se tomó el siguiente acuerdo:

"Expresa la Magistrada León: "La M.V. tocó un tema tangencial al artículo anterior, quetiene que ver con la sentencias escritas no por eso que dejen de ser orales, sino más bien el respaldo escrito de las sentencias orales.

Después demuchas sesiones esta Corte había tomado el acuerdo de que cada S. iba a decirde qué manera o en cuáles asuntos la sentencia iba a ser escrita. En atención alo anterior, me permitiría solicitar que nos pusiéramos un plazo, nosotros en la S. Primera ya lo tenemos y lo estaríamos presentando en la primera sesión de enero, pero síquiero que un acuerdo de tanta trascendencia, dado que nos llevó muchassesiones de Corte pues pudiera materializarse de alguna manera, que nos pongamos algún plazo para responderlo".

Señala elPresidente, M.M.: "Entonces, sería un informe en relación con esetema en la segunda quincena de febrero. ¿Les parece que fijemos la segundaquincena de febrero para recibir un informe de las S. en relación con este tema?".

Dice la Magistrada V.: "Sobre ese mismo tema quiero decirle que la Comisión basados en lo que esta Corte acordó, y es cierto que en la S. Segunda no hemos dado el lineamiento propiamente, y aunque los Magistrados A. yV. no estuvieron en esa sesión me preguntaron y les dije que hay un mandatoque este Órgano estableció de que no hay ningún inconveniente en los asuntosque no son complejos y los jueces y juezas mejor que nadie lo van a garantizandode que esté efectivamente fundamentada la sentencia como corresponde y quequede bien el registro en audio. ¿Eso por qué?, porque me han señalando que lesestá generando atrasos, por lo menos en el sistema del despacho oralelectrónico, a raíz de lo que pasó que ya todos y todas conocen, ellos no sehan vuelto a atrever bajo la advertencia que habían recibido de que si no selas iban a anular. Creo que es importante informarle a esta Corte que en la Comisión tomamos este acuerdo, salvo que en la S. me desautoricen, pero ese fue uno de loslineamientos que indiqué. También esto ocurrió con un Juzgado de Quepos queteniendo cinco asuntos, a pesar de lo que resolvió esta Corte cuando elTribunal de P.Z. hizo la consulta, ellos decidieron poner en cadaexpediente una resolución que decía "que por ser complejo el asunto, noobstante de lo que dijo Corte" y resulta que me dice el juez "cerocomplejidad" esto es inaudito, él nos lo consultó a la Comisión, ¿qué hacemos?, necesitamos una respuesta, cinco asuntos que incluso uno de ellostenía más de 6 meses de tenerlo el tribunal. Eso me parece no pensar en...

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