Sentencia nº 01303 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 17 de Octubre de 1990

PonenteLuis Fernando Solano Carrera
Fecha de Resolución17 de Octubre de 1990
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia90-001553-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Voto 1303-90

Fecha: 10-17-90

Hora: 15:35

Expediente: No. 1553-90

Recurrente: S.M., Ricardo

Agraviado: S.M., R.

Recurrido: B.H., Gerardo

Redacta: Magistrado S.C.

AMPARO CONTRA SUJETOS DE DERECHO PRIVADO

Presupuestos de admisibilidad

Remisión a otra vía jurisdiccional

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J. a las quince horas treinta y cinco minutos del día diecisiete de octubre de mil novecientos noventa.

Visto el anterior recurso de amparo interpuesto por el señor R.S.M. contra el señor G.B.H..

Redacta el Magistrado S.C.. Y,

CONSIDERANDO:

UNICO: A lo que se refiere el recurrente es una acción constitutiva de daños y eventualmente delictuosa, pero no se advierte en ningún momento que se éste en presencia de amparar al señor J.G.R., pues los hechos que relata no encuadran dentro de los supuestos a que se refiere el artículo 57 de la Ley Jurisdicción Constitucional, que es el que consagra la acción de amparo contra sujetos de derecho privado, motivo por el cual la acción debe rechazarse de plano.

POR TANTO:

Se rechaza de plano el recurso. Ocurra el petente a la vía penal o civil que estime conveniente.

A.R.V., J.B.G., J.E.C.B., L.F.S.C., L.P.M.M., F.D.C.R., E.S.G., J.C.C.L., S..

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