Sentencia nº 00528 de Sala 3ª de la Corte Suprema de Justicia, de 21 de Mayo de 2004

PonenteNo consta
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2004
EmisorSala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia04-000105-0006-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProcedimiento de revisión

Res: 2004-00528

SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.San J., a las ocho horas cuarentay cuatro minutos del veintiunode mayo de dos mil cuatro.

Visto el procedimiento de revisión interpuesto en la presente causa seguida contra A.C.S. por el delito de abusos deshonestos en concurso materialen perjuicio de B.Y.B.F.; y,

Considerando:

I-El convicto C.S. y su hermana interpusieron revisión, alegando en el primer extremo la existencia de un delito continuado entre las acciones por las que fue sancionado. En el segundo, señala el sobrevenimiento de nuevos elementos de criterio que sufre de un retardo mental que llevan a concluir en su inimputabilidad. Por último, reclama que se violentó el principio de proporcionalidad de la pena en la fijación del castigo que se dictó en su contra.

II-Los puntos uno y tres cumplen con los requisitos de admisiblidad, por lo que se les da trámite.

III-En lo que concierne al segundo alegato, la existencia de nuevos elementos de convicción, debe rechazarse de plano, porque como puede comprobarse, todos los documentos que ofrece como sobrevinientes en su gestión (folio 197), fueron oportunamente tenidos en cuenta por el Tribunal de Juicio (folio 93), el cual se planteó asimismo el tema de la imputabilidad o no (folio 101), que hoy reformula, por lo que en modo alguno puede decirse que son “nuevos”, ya que fueron oportunamente ponderados en el debate.Entonces de conformidad con el artículo 408 del Código Procesal Penal, inciso e) y 411 de ese mismo cuerpo normativo, debe declararse la inadmisibilidad del alegato.

Por Tanto:

Se declara inadmisible el segundo reclamo, consistente en el surgimiento de nuevos elementos de criterio. Acerca de los reproches uno y tres, se otorga audiencia a las partes por diez días, para que argumenten sus pretensiones en este trámite. Para la celebración de la vista oral solicitada, se fija las 10:30 horas del 20 de julio del año 2004.el acto se realizará en el Salón de Vistas ubicado en el segundo piso del edificio de la Corte Suprema de Justicia, con los abogados de las partesque deseenconcurrir y el representante del Ministerio Público.

DanielGonzález A.

Jesús Alb. Ramírez Q.AlfonsoChaves R.

Ronald Salazar M.Jorge Arce V-

Magistrado SuplenteMagistradoSuplente

Dig. I.. lzq

Exp. int. 307-1/1-04

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