Sentencia nº 01234 de Sala 3ª de la Corte Suprema de Justicia, de 29 de Octubre de 2004

PonenteNo consta
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2004
EmisorSala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia99-202932-0345-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Res:2004-01234

SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.San J., a las ocho horas cuarenta minutos del veintinueve de octubre de dos mil cuatro.

Visto el recurso de casación interpuesto en la presente causa seguida contra A.R.G., por el delito de estafa, en perjuicio de L.A.R. y otro; y,

Considerando:

Único:Visto el recurso de casación que interpone A.R.G. en su condición de imputado, en contra de la sentencia del Tribunal deJuicio de Cartago que lo condenó por el delito de estafa, sentencia Nº 310-04.Se resuelve: Conforme la fecha del sello de recibido, el recurso de casación se presentó el 9 de agosto de 2004, (ver folio 218).Ahora bien, conforme la constancia sobre lectura integral de sentencia de folio 213 vuelto, el plazo para interponer dicho recurso, comenzó a correr el 15 de julio y tomando en cuenta el feriado del 2 de agosto y el asueto del 3 de agosto que tuvieron los Tribunales de Cartago, conforme la constancia de folio 235, el plazo venció el 6 de agosto de 2004.En consecuencia, el recurso que interpone a su nombre el imputado resulta extemporáneo, porque se presentó hasta el 9 de agosto de 2004.Conforme el artículo 445 del Código Procesal Penal se declara inadmisible dicho recurso por extemporáneo. Oportunamente se resolverá el recurso interpuesto por la defensa pública, a favor de este mismo imputado.

Por Tanto:

Se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación presentado por A.R.G. en su condición de imputado.Oportunamente se resolverá el recurso interpuesto por la defensa pública, a favor del mismo imputado.

Daniel González A.

Jesús Alberto Ramírez Q.Alfonso Chaves R.

Rodrigo Castro M.José Manuel Arroyo G.

Exp. N°1215-2/7-04

dig.imp/scg

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR