Sentencia nº 08667 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 26 de Junio de 2012

PonenteErnesto Jinesta Lobo
Fecha de Resolución26 de Junio de 2012
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia12-008094-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

PROCESO: RECURSO DE AMPARO

RESOLUCIÓN Nº 2012008667

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce.

R. interpuestopor E.J.F.B, céduladeresidencia contralaJ.D.A.G.N

Revisadoslos autos;

R. laM.R.A.; y,Considerando:

ÚNICO.-

El recurrente, quien se desempeña como fiscal de la Asociación recurrida, acusa que, con ocasión de las irregularidades que ha denunciado,la parte recurrida le prohibió asistir a las reuniones de Junta. No obstante las alegaciones del petente, de conformidadcon el artículo 57 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, el recurso de amparo se concede contra las acciones u omisiones de sujetos de derecho privado, cuandoéstos ³(«) actúen o deban actuar en ejercicio de funciones o potestades públicas, o se encuentren de hecho o dederecho,enunaposicióndepoderfrentealacuallosremedios jurisdiccionalescomunesresultenclaramenteinsuficientesotardíospara garantizar los derechos o libertades fundamentales a que se refiere el artículo 2 inciso a) de esta ley (...).En este asunto, la empresa recurrida -sujeto de derecho privado-, no se encuentra actuando según alguno de los supuestos anteriores, por lo cual, lo procedente es que el recurrente, si a bien lo tiene, acuda a la vía ordinaria correspondientea entablar sus reclamos. Así las cosas, el presente recurso es inadmisible y procedesu rechazode plano, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de laJurisdicción Constitucional.

Por tanto

Se rechaza de plano el recurso.

Gilbert Armijo S.

Presidente a.i

Fernando Cruz C.FernandoCastillo V.

Paul Rueda L.TeresitaRodríguez A.

Rodolfo E. Piza R.EnriqueUlate C.

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