Sentencia nº 00917 de Sala 2ª de la Corte Suprema de Justicia, de 3 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2012
EmisorSala Segunda de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia09-001428-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso ante sala de casación

Exp: 09-001428-0166-LA

Res: 2012-000917

SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA San José, a las once horas del tres de octubre de dos mil doce.

Visto el recurso interpuesto por el apoderado especial judicial de la demandada, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Trabajo, Sección Cuarta, del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de mayo del presente año, en proceso ordinario establecido ante el Juzgado de Trabajo de ese mismo circuito judicial, por G. contra T.C.P. SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA; y,

CONSIDERANDO:

Que el fallo recurrido quedó notificado a las partes el dieciséis de agosto último de conformidad con el artículo 38 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el término para recurrir ante esta S. venció el siete de setiembre pasado. Así las cosas, el recurso interpuesto por el apoderado especial judicial del actor debe rechazarse de plano, pues fue presentado un día después de dicha fecha (artículo 556 del Código de Trabajo).

POR TANTO:

Se rechaza de plano el recurso del apoderado del actor, y se continúa con el de la partedemandada.

Orlando AguirreGómez

Rolando Vega Robert Eva María Camacho Vargas

Héctor Blanco González Iris Rocío Rojas Morales

dhv

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