Sentencia nº 00912 de Tribunal Agrario, de 10 de Noviembre de 2005

PonenteVanessa Fisher González
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia04-000115-0419-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

TRIBUNAL AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE. G., a las nueve horas veinte minutos deldiez de noviembre de dos mil cinco.-

Proceso Ordinario, planteado por R.R.B., mayor, casado, agricultor, vecino de Río claro de Pavones, cédula de identidad número 0-000-000, y W.J.G.,mayor, casado, agricultor, vecino de Río Claro de Pavones, cédula de identidad número 0-000-000; contra COMPAÑÍA GYPSY SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno - cero veintisiete mil quinientos noventa y dos, representada por OWEN HANDY ANTHONY, estadounidense, mayor, casado, pensionado, vecino de Golfito, pasaporte número cero trescientos doce - cero cero doscientos setenta y cinco, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, tramitado ante el Juzgado de la Zona Sur, Corredores. Actúa como apoderado especial judicial de los actores, el licenciado M.H.C., mayor, casado abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000.

Redacta la jueza F.G. ; y,

CONSIDERANDO:

  1. La parte actora interpone recurso de apelación contra la resolución dictada por el Juzgado Agrario de la Zona Sur de lasquince horas del siete de octubre del dos mil cinco (folio 26). Como motivos de inconformidad manifiesta los siguientes:1) La jurisprudencia patria ha posibilitado la nulidad de una sentencia y resoluciones conexas en la vía ordinaria cuando median vicios graves o violaciones al ordenamiento jurídico. 2) Se indica que no es encuentra a la vista el expediente judicial, aspecto que para una resolución más prudente debió haberse solicitado para emitir la resolución aquí recurrida. (folio27).

    II.En la presente demanda la parte actoradeduce como pretensión principal la nulidad absoluta de la sentencia de las trece horas del día 13 de octubre de 1992 por incurrirse en violación del debido proceso. Asimismo nulas todas las resoluciones sucesivas, incluyendo la sentencia 70-2003 de las 9:09 horas del 28 de julio del 2003 al haber solicitado la actora el desalojo,hasta tanto se determineen el respectivo deslinde y amojonamiento y localización de personas poseedoras agrarias, que la cabida real del inmueble es superior a cuarenta hectáreas, pues de lo contrario se incurriría en ultra petita al desalojar áreas no solicitadas por el accionante.De igual manera se declare que el área excedente corresponde al Estado a título de demasía imposibilitándose el desalojo, y que el régimen jurídico aplicable es el perfilado en los decretos de expropiaciónNo. 22033-MAG-MIRENEM y No. 222276-MAG-MIRENEM (folio 8 al 10).Según los hechos desglosados en la demanda, dicha sentencia que se pretende anularcorresponde a un proceso de acción reivindicatoria en contra de W.J.G., R.R.B. y C.R.B. bajo el...

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