Sentencia nº 00282 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección II, de 23 de Agosto de 2002

PonenteSonia Ferrero Aymerich
Fecha de Resolución23 de Agosto de 2002
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección II
Número de Referencia00-000757-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

II Circuito Judicial.San J., a las diez horas quince minutos delveintitrés de agosto del dos mil dos.-

Ejecución de sentencia, tramitada en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, establecida por W.S.A., vecino de P., cédula de identidad número 0-000-000\u0096 quinientos sesenta y cinco \u0096 seiscientos cuarenta y dos, contra la Universidad de Costa Rica, representada por su Rector, G.M.T., doctor en biología molecular, vecino de San Pedro de Montes de Oca, cédula de identidad número 0-000-000\u0096 trescientos cincuenta y uno \u0096 doscientos cuarenta y nueve.Intervienen además, en carácter de apoderados especiales judiciales de la demandada, A. G.M., cédula de identidad número 0-000-000\u0096 cuatrocientos cuarenta \u0096 setecientos cuarenta y tres y L.V.M., cédula de identidad número 0-000-000\u0096 cuatrocientos cincuenta y dos \u0096 cuatrocientos treinta y cinco, vecino de Alajuela.Todos son mayores, casados y conlas salvedades dichas, abogados.-

RESULTANDO:

1º.-

Con fundamento en la resolución de la Sala Constitucional número 3087-97 de quince horas treinta y nueve minutos del cuatro de junio de mil novecientos noventa y siete, que se ejecuta, el demandante liquida las siguientes partidas:daño moral \u0096 por lesión a los derechos de la personalidad -, diez millones de colones;daño moral \u0096 psicológico -, cinco millones de colones;costas personales del amparo, diez mil colones y costas procesales, dos milcolones.-

2º.-

Corrido el traslado de rigor, la demandada seopuso a las pretensiones de la actora.-

3º.-

La licenciada A.I.V.V., Juez del Juzgado de la materia, en sentencia número 128-2002 de diez horas del doce de febrero de dos mil dos, dispuso: "POR TANTO:De conformidad con los hechos que informan el proceso, citas legales mencionadas, se resuelve:Se declara parcialmente con lugar la presente ejecución de sentencia.Se condena a la Universidad de Costa Rica a pagarle al actor por concepto de daño moral, la suma de trescientos cincuenta mil colones; por costas del recurso de amparo la suma de diez mil colones.Debe cancelar igualmente intereses legales a partir de la firmeza de esta sentencia y hasta el efectivo pago de lo debido.Se rechazan las partidas por concepto de daño a la imagen y costas procesales.Se le condenaal pago de ambas costas de esta acción".-

4º.-

Inconforme con lo resuelto el ejecutante apeló,recurso que le fue admitido y en virtud de lo cual conoce este Tribunal en...

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