Sentencia nº 00081 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, de 27 de Febrero de 2009

PonenteIleana Sánchez Navarro
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección I
Número de Referencia06-001063-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las diez horas cincuenta minutos del veintisiete de febrero del año dos mil nueve.-

Proceso de ejecución de sentencia promovido por el señor A.G.G., mayor de edad, casado, cédula de identidad número 0-000-000, P., vecino de Grifo Alto de Puriscal, representado por la señora M. de los Ángeles V.G., quien es mayor de edad, casada, cédula de identidad número 0-000-000, Abogada, vecina de Dulce Nombre de C., en su condición de Apoderada Especial Judicial; contra el ESTADO, representado por el Procurador Adjunto Estatal Licenciado B.L. F., mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 0-000-000, Abogado.-

RESULTANDO

I.-

Mediante este proceso, la parte actora ejecuta la resolución número 2005-07487 de las catorce horas con cuarenta y siete minutos del quince de junio del dos mil cinco, emitida por la Sala Constitucional, propiamente en lo que a daños, perjuicios y costas se refiere y en ese sentido, solicita en su escrito inicial se apruebe el monto de VEINTE MILLONES DE COLONES (¢20.000.000.00) bajo la partida de daño moral subjetivo.

II.-

Conferida la audiencia de rigor, el personero estatal contestó negativamente a la demanda.-

III.-

EL Juzgador de Instancia, L.. F.A.C.R., en resolución número 74-2008 a las quince horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho, dispuso: “Se declara con lugar la presente ejecución relacionada con el reconocimiento de daño moral subjetivo, en forma parcial en cuanto al extremo relacionado con la liquidación los daños generados con ocasión del recurso de amparo declarado con lugar y se fija el monto correspondiente a indemnización en la suma de ¢300.000.00 (trescientos mil colones exactos) por tal concepto. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.”

IV.-

Inconforme con el fallo, apela la parte accionada, recursoque fue admitido y en virtud del cual conoce este Tribunal en alzada.-

V.-

Al recurso se le ha dado el trámite que señala el ordenamiento jurídico, no hay errores ni omisiones que invaliden lo actuado o deban ser corregidos. Se resuelve dentro del plazo que permiten las obligaciones del despacho, previas las deliberaciones de rigor.-

Redacta la Jueza SánchezNavarro.-

CONSIDERANDO

I.-

HECHOS PROBADOS: Se avala la lista de hechos probados enla sentencia de instancia.

II.-

DE LOS AGRAVIOS DEL DEMANDADO: El personero estatal, inconforme con el fallo de instancia, presenta recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR