Sentencia nº 00037 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección VII, de 29 de Abril de 2010
Ponente | Christian Hess Araya |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2010 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo, Sección VII |
Número de Referencia | 06-000065-0163-CA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario |
Expediente: 06-000065-0163-CA
Proceso: Ordinario
Actor: El Estado
Demandado: F.S.C.D.
VOTO N° 37-2010-SVII
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA (SECCIÓN SÉTIMA). Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas con cincuenta minutos del veintinueve de abril del dos mil diez.-
Conoce este Tribunal, por recurso de apelación incoado por la parte actora, del proceso ordinario de lesividad tramitado en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda de este Segundo Circuito Judicial de San José, interpuesto por EL ESTADO contra F.S.C.D.. Las calidades de las partes y de sus apoderados, así como el carácter con que litigan quedan indicados en la sentencia de primera instancia, específicamente a folio 353 del expediente judicial.-
RESULTANDO:
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Establecida la cuantía del proceso como inestimable (folio 151), se promueve esta demanda –en resumen– para que en sentencia: 1) Se declaren nulos y lesivos a los intereses públicos: el oficio AO-026-2001-OTR de 2 de octubre del 2001 de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública; el oficio STAP-0089-02 del 1 de febrero del 2002 de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria; y el “acto implícito que se desprende de las acciones de personal (sic) N° 200308007013945 ocupado por el señor F.S.C. D.”. 2) Se declare que el accionado no tiene derecho a cobrar diferencias salariales y de aguinaldo presentes o futuras con ocasión de la reasignación de su puesto y, en consecuencia, debe devolver toda suma de dinero que pudiere haber recibido al respecto, sus frutos por intereses corrientes y moratorios y todas las partidas actualizadas según el índice de precios del consumidor. Y, 3) Se condene al actor a pagar ambas costas en caso de oposición a la demanda. El enunciado completo de las pretensiones puede consultarse a folios 55-56 del expediente principal.-
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El demandado contestó negativamente la acción y opuso las defensas previas de falta de agotamiento de la vía administrativa y caducidad, así como la excepción de prescripción (folios 92-120).-
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La sentencia número 1259-2007 de las 10:03 horas del 26 de noviembre del 2007 (folios 130-133) declaró sin lugar las defensas previas de falta de agotamiento de la vía administrativa y caducidad.-
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La sentencia número 2554-2009 de las 7:30 horas del 30 de octubre del 2009 (folios 353-361) declaró inadmisible la acción, sin especial condenatoria en costas.-
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Inconforme con lo resuelto, el personero del Estado apeló (folios 363-364, ratificado por el de folios 368-369), recurso que fue admitido (folio 365) y en virtud del cual conoce este Tribunal en...
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