Sentencia nº 00353 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, de 22 de Junio de 2010

PonenteJonatán Canales Hernández
Fecha de Resolución22 de Junio de 2010
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección I
Número de Referencia07-001358-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de lesividad

Exp. Nº 07-1358-163-CA

Proceso ordinario de lesividad

Actor: el ICT

Demandado: Hotel Fiesta Playa, S.R.L

Coadyuvante activa: la Contraloría General de la Repúblia

Nº353-2010-I

Sección Primera del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, Goicoechea, a lasnueve horasy cuarenta y cinco minutos del veintidós de juniode dos mil diez.

Proceso ordinario de lesividad por interpuesto por el Instituto Costarricense de Turismo, representado inicialmente por A.F.M., vecino de H., cédula de identidadd Nº 1-688-769, en su condición de Gerente General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, contra Hotel Fiesta de Playa, Sociedad de Responsabilidad Limitada, representada por su apoderado general judicial, A.R.O., vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000. Aparece como coadyuvante activa, la Contraloría General de la República, representada inicialmente por sus G., M.M.S., cédula de identidad número 0-000-000S.C.C., cédula de identidad número 0-000-000, de domicilio y estado civil, no indicados. Todas las personas mencionadas, son mayores de edad y de profesión, abogados.-

Resultando:

I) El Instituto Costarricense de Turismo (en adelante y con el fin de facilitar la exposición, "el ICT"), presenta acción de lesividad, con el siguiente objeto: "(...) que en sentencia se declare lo siguiente:// 1. Que la Cláusula Quinta del Contrato Turístico 946, en todo cuanto se refiere al futuro otorgamiento de los incentivos fiscales contemplados, es contraria a Derecho y lesiva a los intereses públicos y económicos de El Estado.// 2. Que en caso de oposición a la presente demanda, la parte contraria sea condenada al pago las costas personales y procesales del litigio, más los eventuales intereses que de ellos deriven" (folio 57). El presente proceso fue declarado de cuantía inestimable (véase resolución de folio 207).-

II) Que Hotel Fiesta de Playa, Sociedad de Responsabilidad Limitada, contestó negativamente la demanda. Opuso las excepciones de caducidad y falta de derecho (folios 178-190).-

III) Que la Contraloría General de la República, en su condición de coadyuvante activa, apoya los argumentos y pretensiones del ente actor (véanse folios 156-177 y 199).-

IV) Que el entonces Juez del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, D.M.Q., en su sentencia Nº 2516-2009 de las nueve horas con once minutos del veintinueve de octubre del dos mil nueve, dispuso: "Se procede a declarar con lugar la presente demanda ordinaria de lesividad interpuesta por el Instituto Costarricense de Turismo, se ordena la anulación, por ser lesiva para los intereses públicos del Estado el artículo quinto del contrato turístico Nº 946 del 26 de setiembre del 2003, en el cual se otorga un régimen a futuro de incentivos fiscales contra legem y a perpetuidad a favor del Hotel Fiesta de Playa Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Se dicta este fallo sin especial condenatoria en costas para las partes intervinientes" (folios262-271).-

V) La sociedad demandada interpuso recurso de apelación (folios 273-277), recurso que fue admitido por resolución del Juzgado de las diez horas y veinticinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve (folio 278).-

VI) En los procedimientos se han seguido las prescripciones de ley, no encontrándose motivos que determinen invalidez de lo actuado, ni indefensión para las partes.-

Redacta el J.C.H.; y,

Considerando:

I) En el escrito de demanda, se tuvo como demandada a Hotel Fiesta de Playa, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-102-085715, representada por M.L. y S.Z.. No obstante lo anterior, anejo a ese escrito, se certifica la personería de Hotel Fiesta de Playa, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con el mismo número de cédula jurídica y...

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