Sentencia nº 00265 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IX, de 21 de Febrero de 2012
Ponente | Joaquín Villalobos Soto |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2012 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IX |
Número de Referencia | 10-002460-1027-CA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Amparo de legalidad |
Nº 265 -2012-IX
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN NOVENA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno defebrero de dos mil doce.-
Amparo de legalidad interpuesto por L, profesora, con cédula de identidad […], contra el ESTADO, representado por el Procurador II O.E.J.R., casado, abogado, vecino de La Asunción de Belén deHeredia, con cédula 1-471-692. Ambos mayores.-
RESULTANDO
1- La parte actora interpuso este proceso de amparo de legalidad por considerar vulnerado su derecho a un procedimiento administrativo pronto y cumplido, en relación con las solicitudes que presentó el 1º de julio de 2009 y el 15 de marzo de 2010 ante el Área de Anualidades de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, donde pidió un estudio de años de servicio y el pago de las anualidades correspondientes, que a la fecha de la demanda no habían sido resueltas. Pide que en sentencia se acoja la demanda y se ordene resolver las denuncias presentadas y que se condene al demandado al pago de daños y perjuicios y las costas.-
2- Por resolución dictada por este Tribunal a las dieciséis horas veinte minutos del 10 de agosto de 2011, la cual quedó notificada a todas las partes el día 24 del mismo mes y año (ver folios 8 a 13 del expediente judicial), este Tribunal previno a la Administración, en los términos del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, a fin de cumplir con la conducta omitida.
3- Por escrito presentado ante este despacho el 22 de setiembre de 2010 (folios 15 a 17 del expediente judicial), el representante del Estado, contestó la demanda de forma negativa y solicito llevar el asunto a conciliación.-
4- Por resolución de catorce horas cinco minutos del 23 de enero de 2012 de la Jueza de Conciliadora de este Tribunal, se declaró sin...
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