Sentencia nº 00118 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 29 de Marzo de 2012
Ponente | Silvia Consuelo Fernández Brenes |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2012 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III |
Número de Referencia | 11-000551-1027-CA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Veto municipal |
Exp.No.11-000551-1027-CA
No. 118-2012
SECCIÓN TERCERA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, Goicoechea, a las catorce horas veinte minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce.
Conoce este Tribunal, en su condición de jerarca impropio municipal, del veto interpuesto por M, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, con cédula de identidad número […], vecino de […], en su condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO, contra el acuerdo adoptado por el Concejo de esa corporación local en el artículo II, Inciso A) de la sesión ordinaria número 198, celebrada el diecisiete de febrero del dos mil diez. Intervienen asimismo, K.G.M., soltera, con cédula de identidad número 2-542-846, Alcaldesa a.i. y R.R.B., mayor, con cédula de identidad número 1-517-328, en su condición de Presidente de la Seccional ANEP de la Municipalidad de G.. Ambas son mayores y abogadas.
Redacta la Juez FernándezBrenes.
CONSIDERANDO:
I.-
DE LOS HECHOS TENIDOS POR PROBADOS.- De importancia para la resolución de este asunto, se tiene por acreditado el siguiente elenco de hechos probados: 1.) Que el veintiocho de setiembre del dos mil nueve, la Municipalidad de G., representada por D y M, en su condición de Presidente Municipal y Alcalde respectivamente y la Asociación Nacional de Empleados Públicos en la persona de A.V.B., en su condición de S. General de esa asociación y R.R.B., actuando como Presidente Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos de la Municipalidad de G., suscriben una Convención Colectiva de Trabajo de la corporación local indicada (folios 27 a 53); 2.) Que la Junta de Relaciones Laborales se crea en la Municipalidad de G. a partir de la suscripción de la Convención Colectiva de Trabajo indicada en el hecho anterior (hecho no controvertido; convención a folios 27 a 53); 3.) Que el cinco de enero del dos mil diez, por oficio ANEP-02-2010, R.R.B. solicita a F.M., perito valuador de la Municipalidad, “se sirva hacer constar el aumento del imponible y el ingreso proyectado para el año 2010, por concepto de revaloración de bienes inmuebles” (folio 60); 4.) Que por oficio OV-05-110, F.M.M. manifiesta: “Que revisado el Sistema de Integración Municipal durante el primer semestre de del (sic) año en curso, HAGO CONSTAR QUE: El imponible total sobre bienes inmuebles es de ¢ 1.388.698.942.800,00 montos que de manera prudencial nos permite hacer una proyección de ingresos de ¢ 2.240.000.000 (Dos mil doscientos cuarenta millones, mismo por concepto de impuestos sobre bienes inmuebles para el año 2010. Fundamento: 1. Respuesta positiva a la Convocatoria masiva de declaración de bienes inmuebles, misma que se cerró el 19 de diciembre del 2008. 2 Motivación de los contribuyentes omisos a presentar las declaraciones durante el año 2009, las cuales reflejan un valor promedio por propiedad de ¢ 80.000.000. 3. Actualizaciones de valores de producto de movimientos registrales, gravámenes, nuevas hipotecas, segregaciones, informe mensual facilitados por la ONT. 4. Permisos de construcción presentados hasta la fecha. 5. Fortalecimiento Unidad de cobro Administrativo. 6. Valor promedio de propiedad declarada. 7. Comportamiento Ingresos y Egresos anual (Adjunto). Fuente: Departamento de Hacienda.
Imponible a la fecha (colones) Impuesto estimado para año 2010 (colones)
¢1.388.698.942.800,000,0025¢3.471.747,357,00
Propuestaconservadora
¢8.96.000.000.000,00¢2.240.000.000,00
¢49.698,942.800,00
36.48%Costo de recuperación” (folio 64); 5.)Que el cinco de enero, mediante oficio ANEP-03-2010, R.R.B. solicita a la Coordinadora de Hacienda y Presupuesto, “se sirva constar el aumento en el presupuesto de esta Municipalidad del año 2006 a la fecha” (folio 65); 6.) Que por oficio HM-005-2010, del cinco de enero del dos mil diez, la Coordinadora de Hacienda Municipal da respuesta la gestión anterior, en los siguientes términos:
MUNICIPALIDAD DE GARABITO.
PRESUPUESTO ORDINARIO
AÑO
MONTO
(EN COLONES
AUMENTO /
DISMINUCIÓN
ABSOLUTO
AUMENTO/
PORCENTUAL
2006
2007
2008
2009
2010
725,000,000,00
1.282.000.000,00
3.304.078.785,56
2.903.424.230,25
3.515.831.356,00
557.000.000,00
2.022.078.785,56
(400.654.555,31)
612.407.125.75
0%
77%
158%
-12%
21%
Por otra parte solicito mantenga enterada a la Administración sobre la homologación de la Convención Colectiva, ya que esto afecta el Presupuesto Ordinario del 2010, y deben realizarse ajustes antes del 15 de enero, 2010, ante la Contraloría General de la República
(folio 65); 7.) Que mediante oficio HM-007-2010, del cinco de enero, la Coordinadora de Hacienda Municipal detalla a R.R.B., el aumento en el ingreso del impuesto sobre bienes inmuebles de la Municipalidad de G., del dos mil seis al dos mil diez, de la siguiente manera: “
462.870.103,16
452.993.457,96
898-053.707,89
1.048.109.367,92
2.240.000.000,00
112.542.614,41
190.123.354,80
245.060.249.93
150.055.660,03
1,191.890.632,08
32%
41%
38%
17%
114%
“(folio 67); 8.) Que mediante resolución DRT-008-2010, de las quince horas del cinco de enero del dos mil diez, el Ministerio de Trabajo homologa la indicada Convención Colectiva de Trabajo. Esta decisión es notificada mediante fax el seis de enero siguiente (folio 59); 9.) Que por oficio ANEP-05-2010, del seis de enero del dos mil diez, R.R.B. presenta al Alcalde y miembros del Concejo “la propuesta de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero del 2010 en un 9.44% para el primer semestre, “que deberá ser pagado en la tercera semana del mes de enero”; lo anterior, teniendo como base los siguientes elementos: que el ajuste salarial del período anterior fue de 1.21%; para el año dos mil diez, se prevé una inflación acumulada que cerrará en un promedio inflacionario del 10%; que el ingreso percibido por concepto de bienes inmuebles en la corporación del año dos mil seis al dos mil diez, ha aumentado de 462.870.103,16 millones de colones a 2.240.000.000,00, lo que significa un aumento en 5 años de 1.777.129,896,84, o sea, un aumento porcentual de 384%; en cuanto al ajuste técnico razona: “Considerando que en razón de los importantísimos incrementos salariales que han recibido los y las trabajadoras de otras municipalidades, Gobierno Central y de otras instituciones públicas, que han incidido en la pérdida de competividad de los salarios de esta Municipalidad; y en razón de superar el nivel de competitividad salarial, proponemos un ajuste técnico por competitividad de un 2.44%. Considerando el mínimo incremento técnico percibido por un trabajador del Gobierno Central”; y finalmente, en relación al ajuste real, alega que “partiendo de que tanto la Alcaldía como el Concejo comparten la tesis de la OIT y del Gobierno de la República en cuanto a la necesidad de desarrollar una política de empleo decente y salarios crecientes, proponemos un incremento real (aumento del poder de compra), en los salarios base de los trabajadores y de las trabajadoras de esta municipalidad de un 2%” (folios 68 a 70); 10.) Que por oficio ANEP-07-2010, del diecinueve de enero del dos mil diez, R.R.B. solicita al Alcalde y Concejo de la Municipalidad abrir el proceso de negociación salarial del primer semestre del año dos mil diez, para lo cual convoca a la Junta de Relaciones Laborales, para el veinticinco de ese mes y año (folio 72); 11.) Que por oficio A.M.-
117-2010, del veinte de enero del dos mil diez, el Alcalde convoca a los miembros de la Junta de Relaciones Laborales (J.C.V., J.C.C., L.C.C., Licenciada H.B.C., A.G.S., M.d.C.P.C. y a los suplentes, L.M. y L.R.R.B., a sesión para las quince horas del veinticinco de enero siguiente, para dar inicio al proceso de negociación salarial del primer semestre del dos mil diez, en los términos del numeral 48 de la Convención Colectiva de Trabajo (folio 73); 12.) Que por oficio A.M.-171-2010, del veintiocho de enero del dos mil diez, el Alcalde cita a los miembros de la Junta de Relaciones Laborales, para continuar con el proceso de negociación salarial, la que fija para las nueve horas del primero de febrero siguiente; y pide a la Licenciada Meyselvy - Coordinadora de Hacienda Municipal- estar presente y traer consigo el impacto del cálculo de aumento del 9.44% propuesto por el sindicato (folio 82); 13.) Que mediante oficio A.M.-274-2010, del diez de febrero del dos mil diez, el Alcalde comunica al Concejo y a la Licenciada R.B. lo siguiente: “En vista de que la negociación salarial, con la Junta de Relaciones Laborales, fue terminada en forma abrupta por parte de los representantes de la Seccional ANEP, el pasado 01 de febrero, 2010, sin posibilidad de que los funcionarios analizaran una propuesta razonable de la Alcaldía (3.5% I Semestre, 4% II Semestre). Esta propuesta se hace con fundamento en: la situación económica municipal, el percentil 75% vigente en este Municipio incluye el incremento en el costo de vida de G., el art. 49 de la Convención Colectiva establece que el porcentaje de aumento no será inferior al Índice de Precios al Consumidor, mismo que cerró para el II Semestre 2009 en 2.84%. / La administración en aras de proteger los derechos de los trabajadores, ha decidido unilateralmente otorgar al menos el aumento del 2.88% para un sector público, mismo negociado a nivel nacional entre el Gobierno y los Sindicatos, Porcentaje mayor al índice de precios. Esto sin perjuicio de escuchar más propuestas de los diferentes sectores de este Municipio” (folio 83); 14.) Que el once de febrero del dos mil diez, A.G., H.B., R.R., J.C., J.C. y L.M., todos miembros de la Junta de Relaciones Laborales, hacen convocatoria...
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