Sentencia nº 00169 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 11 de Mayo de 2012

PonenteSilvia Consuelo Fernández Brenes
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2012
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia11-002743-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Exp. No. 11-002743-1027-CA

No.169-2012

SECCIÓN TERCERA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, Goicoechea, a las quincehorascinco minutos del once de mayo del dos mil doce.

Conoce este Tribunal, en su condición de jerarca impropio municipal, del recurso de apelación interpuesto porS SOCIEDAD ANÓNIMA, T SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, P SOCIEDAD ANÓNIMA, I SOCIEDAD ANÓNIMAy S SOCIEDAD ANÓNIMA contra la resolución de las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil once, del Despacho del Alcalde de la Municipalidad de Tibás. Intervienen en el asunto como representantes de las apelantes C, cédula de identidad número […], J, cédula […], A, cédula […], M, cédula número […] y JV, cédula de identidad número […], respectivamente. Actúan como apoderados especiales judiciales de los apelantes J.W.W. y C.E.Q.H., con cédulas de identidad número 1-351-341 y 1-575-742, respectivamente, ambos mayores, casados, abogados y vecinos de San José.

Redacta la Juez FernándezBrenes:

CONSIDERANDO

I.-

DE LOS HECHOS PROBADOS.- De importancia para la resolución de este asunto, se tiene como debidamente acreditado lo siguiente: 1.) Que por sentencia número 2007- 012915, de las nueve horas treinta y ocho minutos del siete de setiembre del dos mil siete, la Sala Constitucional rechaza por el fondo el recurso de amparo interpuesto por I a favor de V Sociedad Anónima contra la Municipalidad de Tibás, por el método de cálculo de la patente municipal, al sustentarse en las ventas o ingresos brutos (folios 201 a 203); 2.) Que mediante sentencia número 2008-03534, de las catorce horas treinta y nueve minutos del siete de marzo del dos mil ocho, la Sala Constitucional declara sin lugar el recurso de amparo interpuesto por A, a favor de P Sociedad Anónima contra la Municipalidad de Tibás, por el método de cálculo de la patente municipal al sustentarse en las ventas o ingresos brutos (folios 204 a 207 y 208 a 210); 3.) Que mediante sentencia número 2009-006841, de las catorce horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de abril del dos mil nueve, la Sala Constitucional declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad formulada contra el artículo 5 de la Ley de Patentes de la Municipalidad de Tibás, número 8523, promovida por los apoderados especiales judiciales de las empresas H Sociedad Anónima, AS Sociedad Anónima y P Sociedad Anónima (folios 151 a 167); 4.) Que el veintiocho de marzo del dos mil once, los personeros de las empresas S Sociedad Anónima, T Sociedad de Responsabilidad Limitada, P Sociedad Anónima, I Sociedad Anónima y S Sociedad Anónima, presentan gestión "de nulidad absoluta, revocatoria y apelación en subsidio contra el procedimiento de determinación tributaria" que realiza el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Tibás, "en la que pretende un cobro indebido e incorrecto del tributo de patente municipal a nuestras representadas" (folios 270 a 278); 5.) Que mediante oficio DHST-0138-2011, del cuatro de abril del dos mil once, el Coordinador Tributario rechaza ad portas el recurso planteado por la sociedad S Sociedad Anónima, por falta de legitimación, al no tener documento alguno que lo acreditara para actuar en nombre la empresa E Sociedad Anónima (a folio 284); 6.) Que mediante resolución del Departamento de Patentes de las nueve horas cincuenta y siete minutos del cuatro de abril del dos mil once rechaza "la revocatoria" planteada por las empresas T Sociedad de Responsabilidad Limitada, P Sociedad Anónima (folios 286 a 288); 7.) Que mediante resolución de las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil once, el Alcalde de la Municipalidad de Tibás declara sin lugar el recurso de nulidad absoluta y la apelación en subsidio interpuesto por las gestionantes, manteniendo en firme los actos emitidos por el Departamento de Patentes (folios 297 a 307); 8.)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR