Sentencia nº 00526 de Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, de 6 de Octubre de 2010

PonenteJasmín Aragón Cambronero
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorTribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Número de Referencia10-000832-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoMedida cautelar anticipada

Medida cautelar de M.S.Z. y otros contra El Estado y la Municipalidad de Santa Cruz

Nº 526-2010

TRIBUNAL DE APELACIONES DE

LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. Anexo A del Segundo Circuito Judicial de San José, Calle Blancos, a las dieciséis horas quince minutos del seis de octubre de dos mil diez.

Recurso de apelación interpuesto por la parte actora dentro de solicitud de medida cautelar anticipada tramitada bajo el expediente número 10-832-1027-CA ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, por: M.S.Z., M.S.Z. y S.L.B.S.; contra El Estado, representado por su procuradora: H.S.C., y la Municipalidad de Santa Cruz de Guanacaste, representada por su Alcalde Municipal: J.C.C..

Jueza Ponente: Y.A.C.

CONSIDERANDO

I-Mediante auto de las quince horas del 19 de marzo del dos mil diez, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, se dio curso a la medida cautelar solicitada por los hoy actores, confiriéndos audiencia por tres días al Estado y a la Muncipalidad de Santa Cruz, este último Ente contestó la audiencia concedida en líbelo de fecha 06 de mayo del 2010, señalando para atender notificaciones el correo electrónico ivanramirez @ ice.co.cr, (folios 44 y 45). Posteriomente, en auto de ese mismo Órgano Jurisdiccional, dictado a las 08:31 del 09 de agosto del 2010, se procedió a convocar a audiencia oral para conocer de la medida promovida, para las 08:40 horas del 09 de setiembre del 2010, resolución que únicamente se notificó a los promoventes y a la representante del Estado (folios 85 y 86), dejándose de notificar en el medio señalado a la Municipalidad de Santa Cruz. Tal audiencia se llevó a cabo en ausencia del representante de esta Municipalidad, y en ella se escucharon los agravios de las partes, se recibió la prueba testimonial ofrecida y finalmente se dictó la resolución que hoy se recurre número 3404-2010, (folios 87 y 88). Finalmente, en lo que se refiere a la resolución dictada por este Tribunal de Apelaciones a las 12:31 horas del 27 de setiembre del año en curso, en la que se admitió el recurso promovido y se fijó hora y fecha para la celebración de la audiencia oral, tampoco se lo notificó al representante Municipal.

II.-

De lo expuesto, resulta claro que en el presente asunto la resolución recurrida se decidió en una audiencia oral en la que se omitió notificar a una de la partes demandadas del proceso, lo que envidentemente violentó su derecho de defensa, por lo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR