Sentencia nº 00097 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 26 de Febrero de 2013

PonenteGuillermo Sojo Picado
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2013
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia12-000306-1108-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Res: 2013-097 Exp: 12-000306-1108-PE Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago, sección primera.

A las catorce horas cuarenta y tres minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece.

Recurso de apelación de sentencia penal interpuesto en la presente causa seguida contra L., […], por el delito de Conducción Temeraria, en perjuicio de La Seguridad Vial.

Intervienen en la decisión del recurso, los jueces G.S.P., J.A.R.F. y J.R.G. .

Se apersonó en apelación, la licenciada J.P.G. en calidad de defensora pública del encartado.

Resultando :

1. Que mediante sentencia No. 734-2012 de las veintidós horas del dieciocho de setiembre de dos mil doce, el Tribunal de Juicio de Cartago, sección Flagrancia, resolvió: " POR TANTO: De conformidad a lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 8 inciso 2 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, 1, 31, 45, 59 a 63, 110, 254 bis del Código Penal, 1 a 265, 266 a 269, 360 a 365, 267, 377 y 375 del Código Procesal Penal y en aplicación del proceso especial abreviado, este Tribunal declara a L., autor responsable del delito de CONDUCCIÓN TEMERARIA en perjuicio de LA SEGURIDAD VIAL; y en tal carácter se le impone la pena de OCHO MESES DE PRISIÓN. Pena que deberá descontar de conformidad con los reglamentos carcelarios vigentes, en el centro carcelario correspondiente, a las órdenes de las autoridades de Adaptación Social, previo abono de la preventiva sufrida, si la hubiere, toda vez que no admite beneficio alguno. De conformidad al articulo 59 y 63 del Código Penal, se le concede el Beneficio de Ejecución Condicional de la Pena, por el termino de cinco años, durante los cuales no podrá ser volver a cometer delito doloso sancionado con pena mayor a seis meses, bajo el apercibimiento que en de lo contrario se le revocará el beneficio concedido. Se resuelve este proceso sin especial condenatoria en costas. Se dispone el comiso del vehículo placas […] marca I. de color rojo a favor del Estado. Se dispone el cese de cualquier medida cautelar que se hubiese impuesto.

Firme el fallo se ordena su inscripción en el registro Judicial.

Confecciónese los testimonios de estilo para ante el Juzgado de Ejecución de la Pena y el Instituto Nacional de Criminología. QUEDAN LAS PARTES NOTIFICADAS. Licda.

C.A.A., J. ." (sic ) 2 . Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciada J.P.G. interpuso el recurso de apelación.

3 . Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

Redacta el J. SojoP., y; Considerando:

I.- Recurso de apelación interpuesto por la licenciada J.P.G. en su condición de defensora pública del encausado. Contenido del reclamo . Se aduce que en el caso concreto se procedió a la condena del acusado L. por el delito de Conducción Temeraria mediante el procedimiento abreviado que acordaron las partes. No obstante lo anterior, el Tribunal de Juicio de Cartago, en la misma sentencia, ordenó el comiso del vehículo placas […] marca I. a favor del Estado sin que...

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