Sentencia nº 00314 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, de 27 de Mayo de 2013
Ponente | Alberto Alpízar Chavez |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2013 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón |
Número de Referencia | 08-000755-0559-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Recurso de apelación |
PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, Tel : 2456-9069 ó 2456-9071 t apelacion - sra@poder -judicial.go.cr Fax: 2445-5193 ________________________________________________________________________________________ Exp : 08-000755-559-PE Res: 2013-00314 TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA.
S.R., a las catorce horas veintinueve minutos del veintisiete de mayo de dos mil trece.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra W., […], por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de J. Y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces A.A.C. , D.F.R. y Y.G.S.. Se apersonan en apelación de sentencia, el representante del Ministerio Público, el licenciado A.F.G. y el licenciado I.L.U. , en condición de defensor público del encartado W ..
RESULTANDO:
1.- Que mediante sentencia oral número 86-2012 de las quince horas treinta y cuatro minutos del ocho de marzo de dos mil doce, el Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, leyes citadas y artículos 39 y 41 de la Constitución Política; artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso 2) de la Convención Americana de Derechos Humanos y de conformidad con las reglas de la Sana Crítica Racional; 1, 2, 4, 11, 18 a 20, 30, 31, 45, 50, 51, 209 inciso 1), 213 inciso 1) y 360 del Código Penal; 1 a 9, 341, 360 a 365, 366 y 267 del Código Procesal Penal, por el resultado de los votos emitidos y por unanimidad este Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, S.C., administrando justicia para la República de Costa Rica, y por mandato de ley, resuelve: ABSOLVER DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD al imputado W. de haber cometido UN DELITO DE ROBO AGRAVADO en perjuicio de J.C., un delito de HURTO AGRAVADO en perjuicio de J. y un delito de FALSEDAD IDEOLOGICA en perjuicio de SUBASTA GANADERA ASOCIACION DE GANADEROS INDEPENDIENTES DEL PACIFICO (GAINPA) Se resuelve el presente asunto, sin especial condenatoria en costas al considerar el Tribunal que existió una razón plausible para litigar. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Asimismo, se declaran sin lugar la acción civil y la querella incoados por el señor R., en su condición de Administrador de la Subasta Ganadera de la Asociación de Ganaderos Independientes del Pacífico. Se hace constar que en el expediente únicamente quedará el acta de lo acontecido, hechos probados y la parte dispositiva. Por improcedente se rechaza lamedida...
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