Sentencia nº 00136 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, de 7 de Junio de 2013

PonenteGustavo Chan Mora
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2013
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz
Número de Referencia09-000906-0412-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

VOTO 136- 1 3 TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DE GUANACASTE, Santa Cruz, a las nueve horas y treinta minutos del siete de junio de dos mil trece .

Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra , A, nacid a e l día 4 de abril de […] ; E , nacid a […] y M , nacid o e l día […] , po r el delito de USURPACIÓN, en perjuicio de F.

Intervienen en el recurso de apelacion los jue ces G.C.M., R.A.B.R. y A.C.S.Q. . Se aperson aron en sede de Apelación la l icenciad a M.A.H.H., Fiscal del Ministerio Público y la licenciada C.J.V., de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público.

R ESULTANDO 1 . Mediante sentencia N.

28- 2013 del Tribunal Penal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz-Nicoya, a las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil trece, resolvió:" POR TANTO :

De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 6, 9, 141, 142, 182, 184, 265, 360, 361, 363, 364, 365 y 366 del Código Procesal Penal, 1, 11 y 225 del Código Penal, se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad a E( sic) , A (sic) Y M por el delito de USURPACIÓN que en perjuicio de F se le ha venido atribuyendo. Se declara SIN LUGAR en todos sus extremos la ACCION CIVIL RESARCITORIA incoada por la OFICINA DE LA DEFENSA CIVIL DE LA VICTIMA (sic) a nombre de F (sic) en contra de los demandados civiles E (sic) , A (sic) Y M , eximiéndosele de costas a la parte vencida por haber existido razón plausible para litigar. En virtud de lo resuelto, cese toda medida cautelar que se hubiere dispuesto en contra de los aquí imputados con ocasión del presente asunto. Son los gastos del proceso penal a cargo del Estado. POR LECTURA NOTIFÍQUESE.WILSON FLORES FALLAS .

JUEZ DE JUICIO . " ( sic ).

2 . Contra el anterior pronunciamiento l as licenciad as M.A.H.H., fiscal del Ministerio Público y la Licenciada Carolina Junez Vado, de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público, i nterpu sieron recurso de apelación.

3 . Verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en los recurso s .

4. En los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

Redacta el juez G.C.M. y, CONSIDERANDO I.

En escritos que rolan de folios 187 a 190 y de folios 191 a 197, las licenciadas M.A.H.H., representante del Ministerio Publico y C.J.V., en su condición de abogada de la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público, interponen sendos recursos de apelación en contra de la sentencia número 28-2013 emitida por el Tribunal Penal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede de Santa Cruz y Nicoya, a las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil trece.

II.Recurso de la licenciada A.H.H.. El único motivo del recurso se titula por violación del principio de libertad probatoria. La recurrente cuestiona la sentencia absolutoria dictada en favor de los encartados. Para ello esboza los siguientes argumentos esenciales: 1.- Es incorrecto el argumento empleado por el juzgador, en el sentido de que no se pudo acreditar la existencia de un contrato de arrendamiento entre el ofendido y la encartada E, sobre el Bar […]. A pesar de que no se presentó un contrato escrito como prueba, dicha relación contractual fue acreditada mediante otros elementos de prueba, ya que el ofendido F y la testigo G narraron la existencia de un contrato verbal al efecto, así como refirieron el pago de dos cuotas mensuales de arrendamiento y del depósito de...

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