Sentencia nº 00752 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 17 de Septiembre de 1997

PonenteFernando Cruz Castro
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 1997
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia96-000554-0365-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACION PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas veinte minutosdel diecisiete de setiembre de mil novecientos noventa y siete.

RECURSO DE CASACION interpuesto en la presente causa seguida contra L.V.C., mayor, divorciado, costarricense, agente vendedor, nativo de Alajuela el 10 de agosto de l956, hijo de J.M.V.S. y de D. C.S., portador de la cédula de identidad número 0-000-000, por el delito de INFRACCION A LA LEY DE ARMAS, en perjuicio de LA SEGURIDAD PUBLICA. Intervienen en la decisión del recurso los Jueces SuperioresFernando Cruz Castro, C.L.R.G. y R.F.V.Se apersonaron en casación la Lic. L.A.A..

RESULTANDO:

1) Que mediante sentencia de Sobreseimiento dictada a las catorce horas del veinte de noviembre de mil novecientos noventa y seis, el Juzgado Penal de H., resolvió: "POR TANTO: Por lo expuesto, y a efecto de evitar futuras nulidades, procede este Despacho al dictado de un SOBRESEIMIENTO en favor del aquí imputado L.V.C., por el delito de Posesión de Armas, que se le ha venido atribuyendo en daño de la Seguridad del Estado.NOTIFIQUESE.LIC. L.G.B. GONZALEZ.JUEZ PENAL DE HEREDIA".(sic)

2) Que contra el anterior pronunciamiento, la Licenciada L.A.A., en su condición de Agente Fiscal de H., interpuso Recurso de Casación por la forma.

3) Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 481 del Código de Procedimientos Penales, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el Recurso.

4) Que enlos procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

R. elJ. Superior Cruz Castro; y,

CONSIDERANDO:

El Juez Penal de H. dictó sentencia de sobreseimiento en favor de L.V. C., pues estima que el tipo penal descrito en el artículo 97 de la Ley de Armas, no se ajusta a las exigencias constitucionales que caracterizan el principio de legalidad. Contra esta sentencia, la representante del Ministerio Público, interpuso recurso de Casación, pues estima que tal decisión contiene vicios de forma y de fondo. El Tribunal analizó los argumentos planteados por el recurrente, resolviendo sus pretensiones conforme a las razones que se expondrán:

Losreclamos planteados por la impugnante, se resumen en los siguientes argumentos:

I-La impugnante acusa la inobservancia del artículo 320 del Código de Procedimientos Penales, pues no es aplicable ninguna de los apartados previstos en la norma recién citada. El reclamo planteado, se rechaza. Conforme a lo...

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