Sentencia nº 00089 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 10 de Marzo de 1999
Ponente | Rosario Fernández Vindas |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 1999 |
Emisor | Tribunal de Casación Penal de San José |
Número de Referencia | 98-003070-006-PE |
Tipo | Sentencia de forma |
Clase de Asunto | Procedimiento de revisión |
TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACIÓN PENAL, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.Goicoechea, diez de marzo de milnovecientos noventa y nueve.-
PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN, interpuesto en la presente causa seguida contra L.Á.A.S., mayor de edad, soltero, empresario, nativo de Tilarán Guanacaste, con cédula Nº 5-251-328 y vecino de la Fortuna de San Carlos por el delito de ESTAFA MEDIANTE CHEQUE en perjuicio de J.C.O.. Intervienen en la decisión de este asunto los J.R.F.V., J.M.A. G. y U.Z.M.. Se apersonaron en Revisión únicamente el Licenciado A.R.B. defensor particular del sentenciado L.Á.A.S..
RESULTANDO:
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Que mediante sentencia dictada a las dieciséis horas con treinta minutos del veintiuno de abril de mil novecientos noventa y siete, el Juzgado Penal de H., resolvió: POR TANTO: De conformidad con lo expuesto yartículos 39 y 41 de la Constitución Política1, 227, 392, 394, 396,398, 400, 421, 543 del Código de Procedimientos Penales, y1,18,30, 31, 45, 59 y siguientes, 71 y 221 del Código Penal se declara a L.Á.A.S. autor responsable del delito de ESTAFA MEDIANTE CHEQUE en perjuicio de J.C.O.. Como tal, se le impone una pena de cuatro meses de prisión que deberá descontar en la forma y los lugares que determinen las reglas penitenciaras, previo abono de la preventiva si la sufrió. Se le otorga el beneficio de ejecución condicional de la pena por espacio de tres años, bajo el entendido de que si cometen otro delito con pena superior a seis meses, se le revocará .- Una vez firme la sentencia se ordena su inscripción en el Registro Judicial de Delincuentes y las costas quedan a su cargo.- Con la lectura quedan las partes debidamente notificadas.- Lic. R.M.C.S.. (sic)
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Que contra el anterior pronunciamiento el Licenciado A.R.B.,interpuso solicitud de Revisión.
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Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 416 del CódigoProcesalPenal vigente, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el Recurso.
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Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta la Jueza FERNÁNDEZVINDAS; Y,
CONSIDERANDO:
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El Lic. A.R.B. presenta revisión de la sentenciadel Tribunal Penal de Heredia, de las dieciséis horas treinta minutos del veintiuno de abril de mil novecientos noventa y siete, en la que se condena a su representado, L.A.A.S. por el delito de estafa mediante cheque en perjuicio de J.C.O., a la pena de cuatro meses de prisión. Se aduce que el señor A.S. fue...
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