Sentencia nº 00849 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 27 de Octubre de 2000

PonenteAlejandro López Mc Adam
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2000
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia99-000648-0008-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProcedimiento de revisión

TRIBUNAL DE CASACION PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea.veintisiete deoctubredel año dos mil.-

RECURSO DE REVISIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra O.F.D., mayor, costarricense, soltero, chofer de taxi, con cédula de identidad número 0-000-000, por el delito de ESTAFA en perjuicio de M.B.A.. Intervienen en la decisión del recurso, los J.L.M.A., R.F.V. y F.D.’Anese Ruiz.Se apersono en revisión elimputado.

RESULTANDO:

1)Que mediante sentencia dictada a las siete horas diez minutos del veintitrés de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho, el Tribunal de Juicio de Nicoya, resolvió: "POR TANTO: Conforme lo disponen los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 1, 106, 392, 393, 395, 397, 399, 400, 421, 542, del Código de Procedimientos Penales, 216 del Código Penal, se declara a O.F.D., autor responsable del ílicito de Estafa en perjuicio de M.B.A., por ello se le imponen dos meses de prisión que deberá descontar donde lo indiquen los respectivos reglamentos penitenciarios. Por acusar juzgamientos anteriores, no se hace merecededor del beneficio de Ejecución condicional de la pena. Son las costas del proceso a cargo del acusado. En cuanto a la Acción Civil Resarcitoria: Se declara con lugar la acción civil resarcitoria interpuesta por el actor civil M.B. A., contra el demandado civil O.F.D., quedando obligado éste a pagar la suma de ciento cincuenta mil colones por el concepto de valor de la moto marca MZ, modelo 91, color negra, placas MOT 550437. Se resuelve esta acción sin especial condenatoria en costas. Firme esta resolución comuníquese al Registro Judicial de Delincuentes. L.. Domingo G.B.. Juez de Juicio de Nicoya. -" (sic).

2)Que contra el anterior pronunciamiento el imputado O.F.D., interpuso Recurso de Revisión.

3)Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 450 del Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el Recurso.

4) Que en los procedimientos se hanobservado las prescripciones legales pertinentes.

Redacta el Juez de C.M.A.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

El recurrente alegaque en sentencia de las siete horas con diez minutos del veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, el Tribunal de Juicio de Nicoya le impuso una pena de prisión de dos meses por el delito de estafa, y en ella se indicó expresamente que no se le concedía el beneficio de ejecución condicional de la pena, por tener juzgamientos...

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