Sentencia nº 00803 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 12 de Octubre de 2001

PonenteNo consta
Fecha de Resolución12 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia99-003498-0175-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoActividad procesal defectuosa

Exp: 99-003498-175-PE-7

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE.Goicoechea, a las nueve horas cincuenta y cincominutos del doce de octubre de dos mil uno.

Vistas las presentes diligencias, este Tribunal resuelve; y,

CONSIDERANDO:

Se recurre el auto que revoca la resolución que acuerda sanear actividad procesal defectuosa de las quince horas diez minutos del diecinueve de julio del dos mil uno (folios 120 a 123), la que carece de recurso de casación, toda vez que, se trata de un auto y no de una sentencia, ello de conformidad con el Art. 444 del Código Procesal Penal, el cual refiere que procede el recurso de casación en los casos especiales previstos y contra la sentencia y el sobreseimiento dictados por el Tribunal de Juicio, lo que no ocurre...

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