Sentencia nº 00227 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 11 de Marzo de 2004
| Ponente | Jorge Luis Morales García |
| Número de sentencia | 00227 |
| Fecha | 11 Marzo 2004 |
| Número de expediente | 00-001264-0058-PE |
TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José.Goicoechea, a las diezhoras veinticinco minutos del once de marzodel dos mil cuatro.-
PROCEDIMIENTO DE REVISION DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa seguida contra L.F.G.E., mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número 0-000-000,casado, nació el veinte de octubre de mil novecientos sesenta y tres, hijo de J. y L.M., por el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, FALSIFICACION DE DOCUMENTO PUBLICO, TENTATIVA DE ESTAFA Y ESTAFA, en perjuicio de LA FE PUBLICA, EL BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO Y G.A.M.A.Intervienen en la decisión del recurso, los Jueces J.L.M.G., R.F.V. y R.S. M.. Se apersonaron en casación el Lic. J.A.R.C., F. de la Unidad Especializada en Casación, la Licda. Y.C.M., defensora pública de ejecución de la pena y el imputado.
RESULTANDO:
I.-
Que mediante sentencia número 186-02, de las nueve horas treinta y cinco minutos, dictada por el diecinueve de junio del dos mil dos, resolvió:“POR TANTO: En mérito de lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 373, 374 y 375 del Código Procesal Penal; 21, 22, 24, 45, 71, 75, 76, 216, 357 y 363 del Código Penal, se declara a L.F.G. ELIZONDO conocido como J.F.C.G.Y.J.A.C.M. autor responsable de dos delitos de FALSIFICACION DE DOCUMENTO PUBLICO, dos delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO, un delito de TENTATIVA DE ESTAFA y un delito de ESTAFA, Cometidos en perjuicio de LA FE PUBLICA, BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO y G.A.M.A., y en tales conceptos se le impone el tanto de UN AÑO DE PRISION POR CADA UNO DE LOS DELITOS CITADOS PARA UN TOTAL DE SEIS AÑOS DE PRISION, pena que deberá descontar el justiciable previo abono de la preventiva sufrida, en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios.Se ordena la devolución del dinero secuestrado una vez firme este fallo al Banco Crédito Agrícola de Cartago. Igualmente su inscripción en el Registro Judicial enviándose los respectivos mandamientos de oficio para ante el Juzgado de Ejecución de la Pena y el Instituto Nacional de Criminología. Con fundamento en la disposición del artículo 258 del Código Procesal Penal se dispone la prórroga de la Prisión Preventiva del justiciable por el término de SEIS MESES y hasta el próximo de DIECINUEVE DE DICIEMBREDEL PRESENTE AÑO”.
II.-
Que contra el anterior pronunciamiento interpuso procedimiento de revisión de sentencia elimputado L.F.G.E..
III.-
Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 416 del Código de Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el procedimiento de revisión de sentencia.-
IV.-
Que en los procedimientos se han observadolas prescripciones legales pertinentes.
Redacta el juez de casaciónMORALES GARCIA; y,
CONSIDERANDO:
I.En el primer motivo de la revisión se alega violación de las reglas de la sana crítica, ya que el Tribunal fundamentó ilegítimamente la conducta en una norma que no corresponde, por lo que la pena resulta desproporcionada. Señala que se le condenó por falsificación sinrealizarse ninguna comprobación. Apunta que el Tribunal indicó que a simple vista la cédula es un documento espurio. Sin embargo, - dice el petente – para comprobar si un documento es verdadero o falso se necesita primero que sea analizada y diagnosticada por un técnico. Indica que el juez no puede ser juez y parte, que si a simple vista se observara la falsificación, ello iría en contra de la existencia de ardid. Alega que se habla de una tarjeta de ahorro, pero si se observa la acusación no guarda coherencia con los hechos probados, ya que no se dice si la tarjeta es verdadera o falsa. Manifiesta que si se analiza la sentencia no se sabe si se condenó por la falsificación de la cédula y una tarjeta de ahorro, o si al ilícito de un millón cuatrocientos mil colones se le suma una falsificación de cédula y en la tentativa de tres millones de colones se le condena otra vez por la falsificación de la cédula, violándose el principio de cosa juzgada. Dice que en los hechos no se hace referencia a la falsificación de la tarjeta de ahorro. Refiere que no sabe de donde se le imputan seis años de prisión, si en el por tanto se le condenó solamente por tres delitos, uso de documento falso, un delito de tentativa y un delito de estafa. Menciona que un año de prisión por cada delito da tres y no seis años. El motivo se declara sin lugar, para lo cual se toma en cuenta que algunos de los reclamos que se formulan aquí tienen...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.