Sentencia nº 00985 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 6 de Septiembre de 2007

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2007
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia98-018794-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoConflicto de competencia

Exp: 98-018794-0042-PE (5)

TRIBUNAL DE CASACION PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas y quince minutos del seis de setiembre de dos mil siete.

Vistas las presentes diligencias este Tribunal resuelve; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Analizado el recurso de casación interpuesto por el licenciado W.G.M., defensor particular del imputado G.L.S. contra de la resolución del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, de las 13:00 horas del 14 de junio del 2007, que modifica parcialmente el Auto de Apertura a Juicio (resolución de las 16:00 horas del 20 de abril, 2007), esta Cámara se declara incompetente, pues su conocimiento corresponde a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Lo anterior, por cuanto así procede en atención al delito imputado al justiciable (estafa mayor) y de conformidad con el artículo 56 inciso 1), en relación con el numeral 93 inciso 1) de La Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley No. 7333, publicada el 1° de julio de 1993), que establece la competencia de los órganos jurisdiccionales. Consecuentemente, y siendo que esta Cámara no puede tramitar la gestión que se formula, se dispone remitir la presente causa a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, sita en el Primer Circuito Judicial de San José...

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