Sentencia nº 00943 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 19 de Septiembre de 2008

PonenteNo consta
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia01-000743-0647-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Exp: 01-000743-0647-PE (9)

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las once horas diez minutos del diecinueve de setiembre de dos mil ocho.

Vistas las presentes diligencias, este Tribunal resuelve; y,

CONSIDERANDO:

I.-

CONTENIDO DE LA IMPUGNACIÓN (forma): Violación del debido proceso. En escrito que autentica el licenciado É.A.G.Q. y con base en lo dispuesto por los artículos 147, 178 y 179 del Código Procesal Penal, el coimputado J.R.R.M. plantea recurso de casación contra la resolución del Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José, dictada a las 8:00 horas del 26 de junio de 2008 (cfr. folios 575 a 577), mediante la cual se adicionó la sentencia condenatoria abreviada Nº 596-03, dictada por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José a las 8:00 horas del 12 de noviembre de 2003 (cfr. folios 306 y siguientes). Su inconformidad se centra en que al cumplirse con tal adición no se le dio un traslado previo en cuanto a la pretensión de la parte ofendida, lo que constituye una flagrante violación a su derecho de defensa.

II.-

El presente recurso resulta extemporáneo, por lo cual se declara inadmisible. La resolución que se impugna quedó notificada a todas las partes el día 04 de julio de 2008 (cfr. actas de folios 587, 588, 601 y 602), siendo que en el caso del aquí recurrente, conforme al artículo 11 de la Ley de Notificaciones, el mismo se dio por enterado de ella desde el día anterior, 03 de julio de 2008, al plantear en su contra un "recurso de revocatoria y protesta por actividad procesal defectuosa"...

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