Sentencia nº 00128 de Tribunal de Casación Penal de Cartago, de 9 de Abril de 2010

PonenteRonald Cortés Coto
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2010
EmisorTribunal de Casación Penal de Cartago
Número de Referencia09-000040-0219-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Exp: 09-000040-0219-PE

Tribunal de Casación Penal de Cartago. A las quince horastreinta y cincominutosdelnueve de abril de dos mil diez.

Recurso de casacióninterpuesto en la presentecausaseguida contra J , mayor, convive en uniónlibre, nacido el xxx , con cédula de identidadnúmero xxx , por el delito de Estafa, en perjuicio de E . Intervienen en la decisióndelrecurso, losjuecesRónaldCortésCoto, G.S. y R.S.B.. Se apersonó en casación, el licenciado J.E.S. Quesada representantedelMinisterioPúblico.

Resultando

  1. Quemediantesentencia No. 36-2010 de lasdiezhorascincuentaminutos del doce de febrero de dos mil diez, el Tribunal de Juicio de la zonasursedePérezZeledón, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y artículos 39 y 41 de la ConstituciónPolítica, 1, 30, 216 del Código Penal; 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 265, 267, 303 y 341 al 366, del CódigoProcesal Penal; absuelve de todapena y responsabilidad a J. por el delito de ESTAFA que le veníaatribuyendo el MInisterioPúblico en perjuicio de E . Se dicta estasentencia sin especial condenatoria en costassiendolasdelproceso a cargo del Estado. Se ordena el cese de cualquiermedidacautelarque se le dictara en contra delaquíacusadoen la presentesumaria. HÁGASE SABER

    JOSE MANUEL CISNEROS MOJICA, JUEZDEL TRIBUNAL DE JUICIO."

    (sic)

  2. Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado J.E.S.Q. interpuso el recurso de casación.

  3. Queverificada la deliberaciónrespectiva de conformidad con lo dispuestopor el artículo 465 delCódigoProcesal Penal, el Tribunal se planteólascuestionesformuladas en el recurso.

  4. Que en losprocedimientos se hanobservadolasprescripcioneslegalespertinentes.

    Redacta el JuezCortés Coto, y;

    Considerando

    I.-

    El recurso de casaciónreúnelosrequisitosestablecidosporlosnumerales 437, 458, 460 a 462 delCódigoProcesal Penal por lo que se entra a conocer de susmotivos.

    II- En su únicomotivodelrecurso, el Licenciado J.E.S.Q., F. de PérezZeledón, alegainobservancia de normassustantivas. Indicaquesegún el juzgador no se describieron en la piezaacusatoria el ardid, nitampocoloselementossubjetivosdeltipo penal, como lo son el dolo y la obtencióndelbeneficio patrimonial antijurídico, por lo que la acciónacusadaresultaatípica. Estima el recurrenteque de la simple lectura de la piezaacusatoria se desprendeque el ardidconsistió en presentarsecomoingenieroeléctrico, de referir un mejorprecio del cable quecompraría el ofendido, quedichobien lo tendría en horas de la tarde, situaciónqueprovocóque el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR