Sentencia nº 00274 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 14 de Abril de 2010

PonenteJorge Luis Arce Víquez
Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia96-000096-0274-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoPrórroga de prisión preventiva

Resolución: 2010-0393

Expediente: 96-000096-0274-PE-(2)

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas del catorce de abril año dos mil diez.

Vista la solicitud de prórroga de prisión preventiva formulada por el F.C. de la Fiscalía de Delitos Económicos, Corrupción y Tributarios, este Tribunal, resuelve,

R. elJ. de C. ArceV.;y ,

CONSIDERANDO:

I.-

De la solicitud de prórroga al plazo de la prisión preventiva que ha formulado el fiscal R.M.V. se confirió audiencia a la defensa del imputado M. por el plazo perentorio de seis horas para que manifestaran lo que fuera de su interés, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se entendería que renuncia expresamente a ulteriores trámites y que está anuente a que se resuelva con lo que existe en el expediente, esto así mediante resolución de las 10:45 horas del 13 de abril de 2010.

II

El fiscal R.M.V. solicita que se autorice una prórroga de ocho meses al plazo de la prisión preventiva del imputado M., a quien se sigue causa por cinco delitos de Falsedad ideológica, un delito de Fraude de simulación, que concursan idealmente con dos delitos de estafa de mayor de cuantía en concurso material con un delito de Retención indebida. Indica el señor fiscal que el imputado fue declarado autor de esos delitos, mediante la sentencia del Tribunal de Juicio de San José Nº 1049-2009 de las 16:00 horas del 20 de octubre del 2009, en la cual se le impuso veinte años de prisión por cada uno de los delitos de Estafa y cinco años de prisión por el delito de Retención indebida para un total de cuarenta y cinco años de prisión (cfr folios 1349 a 1436 del tomo III del legajo principal). Explica el señor fiscal que es necesario prorrogar la prisión preventiva a efecto de que la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia resuelva el recurso de casación que interpuso la defensa contra la sentencia condenatoria. La solicitud es atendible. El imputado fue sometido a la medida cautelar de prisión preventiva mediante resolución dictada por el Juzgado penal de San José el 21 de diciembre de 2001 (cfr. folios 11 a 22 de la copia del legajo de medida cautelar), confirmada por Tribunal Penal mediante resolución Nº 531 de las 13:20 horas del 8 de febrero de 2002 (cfr. folios 39 a 39 ibídem). Luego fue prorrogada por el Juzgado Penal, mediante resolución de las 15:30 horas del 21 de marzo de 2002 (cfr. folios 53 a 66 ibídem) y de las 11:30 horas del 20 de setiembre de 2002 (cfr...

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