Sentencia nº 00648 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 31 de Mayo de 2011

PonenteSandra Eugenia Zúñiga Morales
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia07-001733-0276-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProcedimiento de revisión

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE CASACIÓNPENAL

Resolución:2011-0648

Expediente: 07-001733-0276-PE (5)

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José.Goicoechea, a lasdiezhorascincuentaminutosdeltreinta y uno de mayo de dos mil once.

Vistas laspresentesdiligencias, este tribunal resuelve:

R. la juezaZúñiga M.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Sobre la admisibilidad en general. Porcumplir con losrequisitoslegalesestablecidosporlosartículos 409, 410 y 411 del CódigoProcesal Penal, se conoce el procedimiento de revisiónplanteadopor el sentenciado A en escritoautenticadopor la licenciadaLucrecia Rivas Quesada, contra el fallocondenatorio N° 5-2009 dictadopor el Tribunal de Juicio del TercerCircuito Judicial de San José, SedeDesamparados, de las 11:00 horas del 13 de enero de 2000, que -en aplicación del procedimientoabreviado- lo declaróautorresponsable del delito de homicidio simple y en virtud de ello le impusotreceaños y cuatromeses de prisión.

II

Contenido de la gestión. En el únicomotivo de revisiónreclama la violación al debidoproceso, porinfracción al principio de legalidaddebido a que la defensatécnicadelimputado en esteproceso, solicitódurante la audienciapreliminar la aplicacióndelprocedimientoabreviado, sin embargo, el representantedelMinisterioPúblico no acogió la petición. Indicaconocer el voto Nº1381-2000 de la SalaConstitucional, respecto a queesteprocedimiento especial no es un derechofundamentaldelimputado, sinounaopciónprocesal o expectativa de derechocondicionada a requisitosformales, entreellos, la aprobacióndelMinisterioPúblico. En esesentido, objetaque el órgano fiscal se oponga a suaplicaciónbasado en una circular queexigerequisitosabsurdos e ilegales, lo que a sucriterio, lesiona el principio de legalidad. Invocalosartículos 62 y 63 CPP, losartículos 39 y 41 de la ConstituciónPolíticos, preceptos de tratadosinternacionales, 1 y 2 CPP y el 25 de la LeyOrgánica del MinisterioPúblico. Afirmaqueaúncuando se autoriza al fiscal adjuntoemitirdirectrices, reglas o circulares, éstasdeben ser acordes con lo establecido en el CódigoProcesal Penal (artículo 1) y siempreestaránbajo el control de lostribunales de justicia (artículo 3). Protestadebido a que al sentenciado se le denegó la aplicación del procedimientoabreviadoporquehizo la peticiónfuera del plazoestablecido en la Circularemitida al efecto, esdecir, fuera de losdiezdíasposteriores a la declaraciónindagatoria, condiciónqueviolenta de forma abierta el principio de legalidad...

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