Sentencia nº 00262 de Tribunal de Casación Penal de San Ramón, de 8 de Julio de 2011

PonenteLuis A. Rodriguez Garro
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de San Ramón
Número de Referencia08-202974-0431-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Exp: 08-202974-0431-PE

Res:2011-00262

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las once horascincuenta y cincominutosdelocho de julio de dos mil once.

RECURSO DE CASACIÓN interpuesto en la presentecausaseguida contra I, mayor de edad, cédula de identidad […], por el delito de Violación de domicilio y otro, en perjuicio de M.I. en la decisióndelrecurso, losJueces L.A.R., A.A.C., J.C.B.. Se apersonan en casación, la licenciadaXiniaMadriz Campos, defensorapública de la imputada I y el representante de la Oficina de Defensa de la Civil de la Víctima, Licenciado R.W.P..

RESULTANDO:

  1. -

    Quemediantesentencianúmero300-P-2010 de las once horas quince minutos del veinte de setiembre de dos mil diez, el Tribunal de Juicio de Puntarenas, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, reglas de la sanacrítica y artículos 39 y 41 de la ConstituciónPolítica, 8 y 11 de la ConvenciónInteramerica de losDerechosHumanos, 1, 30, 45, 56, 61 del Código Penal, 1 a 6, 141, 142, 180, 181, 267, 365, 367, 370 CódigoProcesal Penal, se acuerdadeclararautoraresponsable de todapena y responsabilidad a la encartada I, por el delito de Violación de domicilio se le condena a UN AÑO de prisión y por el delito de Agresión con Arma se le condena a DOS MESES en perjuicio de M todoesto en ConcursoIdel y siguiendolasreglas del concursoyacitado se le readecua la pena a UN AÑO de prisión y se le otorga el beneficio de Ejecución de la Penapor un período de TRES AÑOS. Con respecto a la Accion CivilResarcitoria se declarara sin lugarlasexenciones de Falta de Interes, A., Derecho, LegitimaciónActiva y Pasiva, por lo que se le condena a la aquíencartadapor el Daño Material en Abstractoyaque no cuenta con mediosprobatoriosparadeterminar la cuantia, con respecto al D.M. se le condena al pago de Un millóndoscientos mil colones, lascostas se resuelvecondenar a la imputada en Abstracto. Se resuelveesteasunto sin especial condenatoria en costas. Además se haceconstarquetodo lo actuado en este debate quedaragrabadotanto en CD, como en el equipo de soportetécnico de la Salauno del Tribunal de Juicio de Puntarenas, paraquesi a bien lo tienenlaspartes, porsuspropiosmediosobtengansugrabación. Quedannotificadaslaspartes en esteacto. Es todo. V.B.L.. R.J., quienpreside".

  2. -

    Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciadaXiniaMadriz Campos, defensorapública de la imputada I, interpusorecurso de casación.

  3. -

    Queverificada la...

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