Sentencia nº 00016 de Tribunal de Familia, de 10 de Enero de 1996
| Ponente | Olivier Quirós Pérez |
| Fecha de Resolución | 10 de Enero de 1996 |
| Emisor | Tribunal de Familia |
| Número de Referencia | 95-000766-0012-FA |
| Tipo | Sentencia de fondo |
| Clase de Asunto | Liquidación anticipada de bienes |
VotoNo.16 - 96
TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES: S.J., a lasocho horas del diez de enero de mil novecientos noventa y seis.
Proceso ordinario de liquidación anticipada de bienes gananciales, presentado por D. V.A., mayor, casada, oficios del hogar, cédula número 5-153-952, vecina de San Juan de Naranjo, contra W.A.C.M., mayor, casado, cédula número 2-287-382, vecino de San Juan de N.. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
RESULTANDO:
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La actora, con fundamento en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicitó que en sentencia se declare: "1.-Se acoja en todos sus extremos la presente demanda.2.-Como bienes gananciales los citados en la exposición de los hechos. 3.-Se le otorgue la mitad de los bienes gananciales que por ley le corresponden.4.-Se ordene la inscripción en el Registro Público de la Propiedad el derecho que le corresponde en la finca número ciento ochenta y cinco mil setecientos ochenta y siete, así como también en el vehículo placas cero treienta y tres mil cuatrocientos cuarenta y seis, y en el Instituto Costarricense de Electricidad el derecho telefónico número cuarenta y cinco - cero ocho - cero ocho. "
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El demandado fue debidamente notificado de la demanda, y contestó cierto los hechos primero, segundo, cuarto, quinto y sétimo, con modificaciones los hechos tercero y sexto, negativamente los demás hechos.
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La Licenciada D.M.. R.R., en sentencia dictada a las quince horas cuarenta minutos del siete de agosto de mil novecientos noventa y cinco, resolvió: " POR TANTO:Consideraciones hechas y citas de ley invocadas se declara con lugar la presente demanda de liquidación anticipada de bienes gananciales establecida por D.V.A. contra W.A. C.M., declarando que le corresponde a la actora el cincuenta por ciento en los siguientes bienes por ser gananciales: a.-Finca número ciento ochenta y cinco mil setecientos ochenta y siete - cero cero cero del Partido de Alajuela inscrita a nombre del demandado, Corrales Méndez.b.- Vehículo marca M., placas número treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y seis, modelo sesenta y nueve, inscrito en el Registro de Vehículos a nombre del mismo demandado.c.-Dos máquinas de hacer ejercicio, tres barras para gimnacio, dos juegos grandes, dos mediano y dos pequeños de pesas, una bicicleta profesional, y dos bombas sumergibles.Se ordena expedir la Ejecutoria de ley para correspondiente anotación en el Registro Público de la Propiedad y de Vehículos.Se falla sin...
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